Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones encaminadas a la protección de los animales domésticos de compañía abandonados en Galicia.
Código de ayuda:
S66828/19Norma:
ORDEN de 12 de diciembre de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de septiembre de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actuaciones encaminadas a la protección de animales domésticos de compañía abandonados en Galicia, relativas a la atención y al cuidado de los animales domésticos de compañía que se encuentren en los centros de recogida autorizados y/o formen parten de colonias felinas reguladas en el artículo 26 de la Ley 4/2017, de 3 de octubre, así como proceder a la convocatoria para el año 2020.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda podrá subvencionar las actuaciones recogidas en el artículo 2 en las siguientes cuantías máximas:a) Gastos derivados del acto clínico veterinario de la esterilización quirúrgica:
1º. Animales esterilizados de la especie canina: hasta un máximo de 100 €/hembra y 50 €/macho
2º. Animales esterilizados de la especie felina: hasta un máximo de 85 €/hembra, y de 30 €/macho.
b) Gastos derivados del acto clínico veterinario para la identificación animal: hasta un máximo de 20 €/animal identificado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Se podrán acoger a estas ayudas las corporaciones locales que tengan la competencia de la recogida y tenencia de los animales de compañía abandonados en el ámbito territorial correspondiente.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán actuaciones subvencionables al amparo de esta orden de ayudas las destinadas a la atención y cuidado de los animales domésticos de compañía que se encuentren en los centros de recogida autorizados y/o formen parten de colonias felinas reguladas en el artículo 26 de la Ley 4/2017, de 3 de octubre, y relativos a los gastos derivados del acto clínico para:a) La esterilización quirúrgica de los animales con la doble finalidad de evitar su reproducción incontrolada y la promoción de su adopción.
b) La identificación animal mediante la implantación de microchip, correspondiente inscripción en el Regiac y expedición de pasaporte sanitario, de acuerdo con lo recogido en el artículo 12 de la Ley 4/2017, de 3 de octubre.
Documentos asociados
Boletín:
30/12/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
30/12/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento