Ayudas estatales de mínimis destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas titulares de centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril.
Código de ayuda:
S55255/22Norma:
Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre. ORDEN AGM/1282/2022, de 15 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2022.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 200.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las centrales de acondicionamiento de frutas que sean titularidad de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas con arreglo al Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, que hayan sufrido una pérdida importante de facturación, y se ubiquen en determinadas áreas afectadas por las heladas provocadas por la borrasca Ciril entre el 2 y el 5 de abril de 2022.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Conforme establece el artículo 4.1 del Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre, la cuantía de la subvención es establece inicialmente, en caso de no superar el límite presupuestario, en 200.000 €/entidad beneficiaria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de esta subvención las Organizaciones de Productores, que sean titulares de centrales de acondicionamiento y que cumplan con los requisitos.Requisitos:
a) Que se encuentren reconocidas para alguna de las categorías de reconocimiento establecidas en el anexo III del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, que incluyan alguno de los productos de los sectores de fruta de hueso, fruta de pepita y/o frutos secos,b) Que tengan efectivos productivos en las comarcas recogidas en el anexo 1 del Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre,
c) Que acrediten haber sufrido una pérdida en 2022 superior al 30% del valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros respecto a la media del último quinquenio 2017-2021, calculada según el apartado 3 de este apartado.
El valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros a efectos de la letra c) del apartado 1 del presente apartado (en adelante VPC) se corresponderá con el valor comunicado de acuerdo al artículo 21, apartado 1, del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.
El cálculo de la media del VPC del último quinquenio 2017-2021, eliminando el dato menor y el mayor de la serie, se hará de oficio con base en la información contenida en la aplicación informática Sistema de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (SOFYH) establecida en el artículo 23 del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.
Documentos asociados
Boletín:
14/09/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 221
Documento: Real Decreto 749/2022 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 221
Documento: Real Decreto 749/2022 Descargar Documento
Boletín:
20/09/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 183
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
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Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín:
20/09/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 183
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 183
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento