Ayudas estatales destinadas en el año 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos durante los meses de marzo y abril.
Código de ayuda:
S60646/20Norma:
Real Decreto 508/2020, de 5 de mayo. Orden de 19 de noviembre de 2020. Orden de 9 de diciembre de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 24 de diciembre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 1.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de estas ayudas es compensar a las granjas ovinas y caprinas las dificultades en la comercialización de corderos y cabritos como consecuencia de las limitaciones impuestas por el citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, mediante un pago complementario a las ayudas asociadas al sector ovino caprino previstas en el Real Decreto 1.075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La cuantía máxima de la ayuda no podrá superar los 10 euros por oveja o cabra elegible, con un máximo de 100 animales por beneficiario.2. Este máximo de 100 hembras elegibles se aplicará de manera independiente al ovino y al caprino.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
Detalle beneficiarios:
a) Explotaciones de ovino con una clasificación zootécnica de «reproducción para la producción de carne», «reproducción para la producción de leche» o «reproducción para producción mixta» con más de 50 hembras reproductoras conforme a la última declaración censal obligatoria establecida en el artículo 11.4 del Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.b) Explotaciones de caprino con una clasificación zootécnica de «reproducción para la producción de carne», «reproducción para la producción de leche» o «reproducción para producción mixta» con más de 30 hembras reproductoras conforme a la última declaración censal obligatoria establecida en el artículo 11.4 del Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Tendrán la consideración de hembras elegibles con derecho a la subvención, aquellas ovejas y cabras que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 5.1 del Real Decreto 508/2020, de 5 de mayo.2. El establecimiento del número de hembras elegibles será conforme a lo establecido en el artículo 5.2. del Real Decreto 508/2020, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Ovejas elegibles: Número de hembras declaradas x 0,6 x 0,40.
Cabras elegibles: Número de hembras declaradas x 0,6 x 0,20.
Documentos asociados
Boletín:
06/05/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
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Boletín:
25/11/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 274
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 274
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín:
14/12/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 288
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 288
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento