Ayudas financieras a microempresas.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S47055/11Norma:
Orden n.º 1142 de fecha 11 de octubre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar de forma extraordinaria para el año 2011 la concesión de subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 7 Reglamento por el que se regula el Régimen General de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S..A. (BOME n.° 4.399 de 15/05/07), en régimen de concurrencia competitiva.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Financiación Preferente / Préstamos
Localización del organismo gestor
Melilla
Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Melilla)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Las microempresas entendidas como tales las definidas por la Unión Europea en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas y pequeñas y medianas empresas.2. Las personas fisicas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica que, careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos recogidos en las presentes bases y que cumplan los requisitos que se establecen para las microempresas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Creación de nuevas empresas: Aquellos proyectos de inversión que impliquen el inicio de una actividad empresarial.b) Ampliación y/o modernización: Aquellos proyectos de inversión que supongan el desarrollo de una actividad empresarial ya establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya realizada por la empresa solicitante, siempre que supongan una mejora en las infraestructuras y servicios, o bien una modemización y/o especialización de los mismos.
Requisitos:
En la categoría de las Pyme, se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.Documentos asociados
Boletín:
21/10/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4862
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4862
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