Ayudas financieras del Programa de Promoción Económica - Plan de Empleo del Municipio de Cádiz.
Código de ayuda:
S07564/03Norma:
Sesión de 26 de noviembre de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: Sin determinarFinalidad u objetivo de la ayuda:
Desarrollar el Plan de Ayudas Financieras establecido en el Programa de Promoción Económica del Plan de Empleo del Municipio de Cádiz.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Empleo
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Ayuntamiento de Cádiz (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los beneficiarios podrán optar a una ayuda a fondo perdido de 3.000 euros, no superando dicha cantidad más del 50% del coste total del proyecto de inversión aprobado subvencionable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
- Emprendedores que vayan a iniciar una actividad empresarial y que pongan en marcha un proyecto de inversión.- Empresas ya constituidas cualquiera que sea su forma jurídica, que no hayan iniciado su actividad y vayan a desarrollar un proyecto de inversión.
- Pymes que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero del ejercicio vigente, cualquiera que sea su forma jurídica y justifiquen la realización de inversiones necesarias para la puesta en marcha de la empresa.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Adquisición de un local afecto a la actividad.b) Los costes de adaptación o construcción del local afecto a la actividad (obra civil e instalaciones auxiliares de edificación, incluido los costes de planificación, ingeniería y dirección).
c) Adquisición de mobiliario.
d) Adquisición de equipamiento informático (hardware y software).
e) Adquisición de maquinaria y bienes de equipo.
f) Otras inversiones en activo fijo materiales directamente relacionadas con la actividad.
g) Gastos de constitución y primer establecimiento, específicamente, los honorarios de letrados, notarios y registradores, así como los honorarios de estudios previos de naturaleza técnica y económica necesarios para el establecimiento de la entidad.
Requisitos:
a) Que la actividad subvencionable se desarrolle en el ámbito de la ciudad de Cádiz.b) Que la actividad subvencionable tenga carácter estable.
c) Los proyectos han de ser considerado viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
d) La aportación con recursos propios mínima del beneficiario será del 30% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda; pudiendo recurrir para el resto de la financiación necesaria a cualquier fuente de financiación externa.
e) Los proyectos no podrán estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, o bien deberán estar totalmente finalizados antes de la fecha de solicitud de la ayuda.
f) Las inversiones a realizar deben de mantenerse afectas a la actividad objeto de la ayuda al menos durante un año desde la fecha de pago de la misma.