Ayudas individuales a familias con hijos nacidos de parto multiple y a familias numerosas de categoria especial con seis o mas hijos.
Código de ayuda:
S05700/09Norma:
Orden de 30 de diciembre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/02/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden convoca y establece el régimen jurídico de concesión de ayudas individuales a familias con hijos nacidos de parto múltiple y a las familias numerosas de categoría especial con seis o más hijos, al objeto de colaborar en los gastos ocasionados por este hecho durante el año 2009.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/14.png)
Convoca:
Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención concedida, en ningún caso podrá ser superior a cinco mil euros (5.000 €), ni detal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, y con cualesquiera otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada, supere el coste de la actividad a desarrollar, o de la finalidad para la que se concedió la subvención.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las familias que tengan hijos nacidos de parto múltiple, considerando como tales a los efectos de estaconvocatoria, el parto de tres hijos como mínimo.
Las familias que hayan adoptado o acogido preadoptivamente de modo simultáneo a tres menores
Las familias numerosas de categoría especial con al menos seis hijos.
Las familias numerosas con cinco hijos, cuando ambos padres sean discapacitados, entendiendo por ello
que tengan reconocido un grado de minusvalía de al menos un treinta y tres (33 %) por ciento.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Alimentación.b) Vestido (Textil y Calzado).
c) Farmacia.
d) Empleada/o de hogar.
e) Guardería.
f) Higiénico-sanitarios.
g) Accesorios de puericultura.
Requisitos:
1. Cuando sea por parto múltiple, por adopción o acogimiento preadoptivo:a) Tener un mínimo de trillizos o haber recibido en adopción o acogimiento preadoptivo a tres menores simultáneamente.
b) Tener reconocida la condición de familia numerosa, figurando el número de hijos establecido en esta Orden como beneficiarios en el Título que la acredita que debe encontrarse en vigor a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Residir en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como mínimo un año antes de la fecha de la
convocatoria.
2. Cuando sea por familia numerosa:
a) Tener reconocida la condición de familia numerosa de categoría especial, figurando como beneficiarios en el Título que lo acredita el número de hijos establecido en esta Orden. El Título de familia numerosa debe encontrarse en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Residir en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como mínimo un año antes de la fecha de la
convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
27/01/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 21
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 21
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento