Ayudas individuales a personas adultas para el aprendizaje de euskera, para cursos que comiencen entre el1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018.
Código de ayuda:
S51300/18Norma:
ORDEN FORAL 44/2018, de 21 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de octubre de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas individuales a personas adultas censadas en la Comunidad Foral de Navarra para el aprendizaje de euskera.Las ayudas se darán para los pagos correspondientes a cursos que comiencen entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Relaciones Ciudadanas (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria las personas que cumplan los requisitos marcados por el artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las modalidades de aprendizaje o alfabetización objeto de ayuda serán las siguientes: cursos extensivos, intensivos, internados y autoaprendizaje.Requisitos:
–Ser mayores de 16 años. En el caso de las personas menores de edad, la solicitud la realizarán sus progenitores o quien ostente su tutela legal.–Estar empadronadas en Navarra a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
–Estar al corriente en los pagos a la Hacienda de Navarra y con las obligaciones de la Seguridad Social.
–Estar inscritas en algún curso de euskera que comience entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2019, y haber realizado algún pago por dicho curso. El curso deberá estar impartido por una entidad que
tenga entre sus finalidades principales la enseñanza del euskera, y cuente con medios propios para esa finalidad, incluida una programación propia.
–Tener una asistencia certificada mínima del 80%. Las personas inscritas en cursos de autoaprendizaje deberán justificar también la asistencia al curso. Dicha asistencia o aprovechamiento se deberá justificar a la finalización del curso.
Documentos asociados
Boletín:
08/10/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 195
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 195
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento