Ayudas individuales para personas con discapacidad y personas en situacion de dependencia, para el ejercicio 2009 - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S41755/09Norma:
ORDEN de 19 de mayo de 2009. Decreto 222/2005, de 25 de octubre. ORDEN de 22 de octubre de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/12/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan para el ejercicio 2009 ayudas individuales a favor de personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, destinadas a favorecer su autonomía personal mediante la financiación de gastos dirigidos a garantizarles la máxima integración social y a mejorar su bienestar, comunicación y participación en la vida de su entorno.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/2.png)
Convoca:
Departamento de Servicios Sociales y Familia (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Personas con discapacidad y personas en situacion de dependencia.Requisitos:
a) Tener la condición de persona con discapacidad o persona en situación de dependencia.a.1) Si se solicita como persona con discapacidad se ha de acreditar un grado total de minusvalía igual o superior al 33 por 100, reconocido de conformidad con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
a.2) Si se solicita como persona en situación de dependencia se ha de tener reconocido un Grado III (gran dependencia) o II (dependencia severa), niveles 1 ó 2, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y sus disposiciones de desarrollo.
b) Precisar las ayudas solicitadas, las cuales deberán estar relacionadas directamente con la discapacidad o dependencia que les afecte.
c) Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la presentación de la solicitud. Cuando el beneficiario sea menor o incapacitado legalmente, la persona que actúa en su nombre, en el ejercicio de la patria potestad o tutela, deberá tener igualmente residencia en la Comunidad Autónoma.
d) No haber obtenido ayudas de la misma naturaleza y finalidad provenientes de entidades públicas o privadas.
e) No hallarse incurso en alguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
f) Cumplir las condiciones específicas de acceso exigidas para cada tipo de ayuda que se establecen en esta Orden.
Documentos asociados
Boletín:
09/11/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
28/05/2009
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 100
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
25/11/2009
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 229
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento