Ayudas individualizadas de transporte escolar.- Convocatoria 2012/2013.- Corrección.
Código de ayuda:
S28428/13Norma:
Orden de 11 de julio de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/09/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras y se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas individualizadas de transporte para colaborar en los gastos de transporte de los alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia en los niveles obligatorios de la enseñanza y segundo ciclo de Educación Infantil, o que realizan en dichos centros programas de Iniciación Profesional, y que no disponiendo de centro docente adecuado al nivel de estudiosque deben cursar en la localidad o zona rural donde tengan fijado su domicilio familiar, no puedan hacer uso para asistir al centro de las rutas de transporte escolar contratadas al efecto por esta Consejería.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de las ayudas individualizadas de transporte escolar se diversificará conforme a la siguiente escala de kilómetros existentes entre el domicilio familiar y el centro:Hasta 5 kilómetros: 338 euros alumno/curso.
De más de 5 hasta 10 kilómetros: 455 euros alumno/curso.
De más de 10 hasta 15 kilómetros: 565 euros alumno/curso.
De más de 15 hasta 20 kilómetros: 680 euros alumno/curso.
De más de 20 hasta 30 kilómetros: 843 euros alumno/curso.
De mas de 30 hasta 40 kilómetros: 1.013 euros alumno/curso.
De más de 40 hasta 50 kilómetros: 1.182 euros alumno/curso.
De más de 50 kilómetros: 1.350 euros alumno/curso.
En cualquier caso, el importe máximo de la ayuda individualizada de transporte que se puede conceder para el curso 2012-2013, aun teniendo en cuenta las circunstancias anteriormente mencionadas, será de 2.700 euros por alumno y curso.
La cuantía máxima de las ayudas para transporte de fin de semana se diversificará según la distancia existente entre el domicilio familiar y el centro conforme a la siguiente escala:
Hasta 20 kilómetros: 284 euros alumno/curso.
De más de 20 hasta 40 kilómetros: 424 euros alumno/curso.
Más de 40 kilómetros: 565 euros alumno/curso.
Cuando concurran circunstancias especiales como las recogidas en el punto anterior, que deberán ser debidamente ponderadas por el órgano encargado de la evaluación, se podrán ampliar estas ayudas hasta 1.130 euros por alumno y curso.
El importe de las ayudas concedidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones públicas o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, y con cualesquiera otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada, supere el coste de la finalidad para la que se concedió la ayuda.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los alumnos para los que se solicite la ayuda individualizada de transporte deberán reunir los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de transporte de los alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia en los niveles obligatorios de la enseñanza y segundo ciclo de Educación Infantil, o que realizan en dichos centros programas de Iniciación Profesional, y que no disponiendo de centro docente adecuado al nivel de estudios que deben cursar en la localidad o zona rural donde tengan fijado su domicilio familiar, no puedan hacer uso para asistir al centro de las rutas de transporte escolar contratadas al efecto por esta Consejería.Requisitos:
a) Estar matriculados en niveles de la enseñanza obligatoria (Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial), segundo ciclo de Educación Infantil o en programas de Iniciación Profesional en el centro que les corresponda de acuerdo con la zonificación escolar establecida, o en otro centro decidido por la Comisión de Escolarización conforme a lo establecido en el punto 3 del artículo anterior o por tratarse de alumnos de Educación Especial o de integración.b) Recorrer una distancia superior a 3 kilómetros desde su domicilio hasta el centro o hasta la parada del servicio de transporte escolar más próxima a su domicilio (considerando un solo recorrido por el itinerario más corto).
Esta distancia solo deberá ser superior a 1 kilómetro cuando se trate de alumnos afectados por limitaciones físicas de tipo motórico que deban acudir al centro que les corresponda según la zonificación establecida o a aquel en que hayan tenido que ser escolarizados debido a sus condiciones de accesibilidad, y en el supuesto previsto en el apartado 4 del artículo anterior.
c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad o zona de residencia por no existir en ellas centros sostenidos con fondos públicos que los impartan o por falta de plazas vacantes en ellos.
d) En el caso de alumnos escolarizados en régimen de internado en centros con residencia, se podrán conceder las ayudas individualizadas de transporte a todos aquellos que deban desplazarse por sus medios a esos centros cuando no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería.
Documentos asociados
Boletín:
20/07/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
29/07/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 174
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 174
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento