Ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2009-10.
Código de ayuda:
S37782/10Norma:
Orden de 26 de mayo de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Colaborar en los gastos de transporte de los alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia en los niveles obligatorios de la enseñanza y segundo ciclo de Educación Infantil, o que realizan en dichos centros programas de Iniciación Profesional.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Transporte
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de las ayudas individualizadas de transporte escolar se diversificará conforme a la siguiente escala de kilómetros existentes entre el domicilio familiar y el centro:Hasta 5 kilómetros: 329 euros alumno/curso.
De más de 5 hasta 10 kilómetros: 442 euros alumno/curso.
De más de 10 hasta 15 kilómetros: 548 euros alumno/curso.
De más de 15 hasta 20 kilómetros: 659 euros alumno/curso.
De más de 20 hasta 30 kilómetros: 823 euros alumno/curso.
De mas de 30 hasta 40 kilómetros: 988 euros alumno/curso.
De más de 40 hasta 50 kilómetros: 1.152 euros alumno/curso.
De más de 50 kilómetros: 1.317 euros alumno/curso.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia.Requisitos:
a) Estar matriculados en niveles de la enseñanza obligatoria (Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial), segundo ciclo de Educación Infantil o en programas de Iniciación Profesional en el centro que les corresponda de acuerdo con la zonificación escolar establecida, o en otrocentro decidido por la Comisión de Escolarización conforme a lo establecido en el punto 3 del artículo anterior o por tratarse de alumnos de Educación Especial o de integración.
b) Recorrer una distancia superior a 3 kilómetros desde su domicilio hasta el centro o hasta la parada del servicio de transporte escolar más próxima a su domicilio (considerando un solo recorrido por el itinerario más corto).
Esta distancia solo deberá ser superior a 1 kilómetro cuando se trate de alumnos afectados por limitaciones físicas de tipo motor que deban acudir al centro que les corresponda según la zonificación establecida o a aquel en que hayan tenido que ser escolarizados debido a sus condiciones de accesibilidad.
c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad o zona de residencia por no existir en ellas centros sostenidos con fondos públicos que los impartan o por falta de plazas vacantes en ellos.
d) En el caso de alumnos escolarizados en régimen de internado en centros con residencia, se podrán conceder las ayudas individualizadas de transporte a todos aquellos que deban desplazarse por sus medios a esos centros cuando no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería.
Documentos asociados
Boletín:
08/06/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento