Ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2009-10.

Código de ayuda:

S37782/10

Norma:

Orden de 26 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar en los gastos de transporte de los alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia en los niveles obligatorios de la enseñanza y segundo ciclo de Educación Infantil, o que realizan en dichos centros programas de Iniciación Profesional.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas individualizadas de transporte escolar se diversificará conforme a la siguiente escala de kilómetros existentes entre el domicilio familiar y el centro:

Hasta 5 kilómetros: 329 euros alumno/curso.
De más de 5 hasta 10 kilómetros: 442 euros alumno/curso.
De más de 10 hasta 15 kilómetros: 548 euros alumno/curso.
De más de 15 hasta 20 kilómetros: 659 euros alumno/curso.
De más de 20 hasta 30 kilómetros: 823 euros alumno/curso.
De mas de 30 hasta 40 kilómetros: 988 euros alumno/curso.
De más de 40 hasta 50 kilómetros: 1.152 euros alumno/curso.
De más de 50 kilómetros: 1.317 euros alumno/curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Alumnos escolarizados en los centros públicos de la Región de Murcia.

Requisitos:

a) Estar matriculados en niveles de la enseñanza obligatoria (Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial), segundo ciclo de Educación Infantil o en programas de Iniciación Profesional en el centro que les corresponda de acuerdo con la zonificación escolar establecida, o en otro
centro decidido por la Comisión de Escolarización conforme a lo establecido en el punto 3 del artículo anterior o por tratarse de alumnos de Educación Especial o de integración.

b) Recorrer una distancia superior a 3 kilómetros desde su domicilio hasta el centro o hasta la parada del servicio de transporte escolar más próxima a su domicilio (considerando un solo recorrido por el itinerario más corto).
Esta distancia solo deberá ser superior a 1 kilómetro cuando se trate de alumnos afectados por limitaciones físicas de tipo motor que deban acudir al centro que les corresponda según la zonificación establecida o a aquel en que hayan tenido que ser escolarizados debido a sus condiciones de accesibilidad.

c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad o zona de residencia por no existir en ellas centros sostenidos con fondos públicos que los impartan o por falta de plazas vacantes en ellos.

d) En el caso de alumnos escolarizados en régimen de internado en centros con residencia, se podrán conceder las ayudas individualizadas de transporte a todos aquellos que deban desplazarse por sus medios a esos centros cuando no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento