Ayudas individualizadas de transporte escolar para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2009/2010 - Modificación.

Código de ayuda:

S76500/09

Norma:

Resolucion de 16 de diciembre de 2009. Resolución de 14 de enero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar en las gastos de transporte de los alumnos que cursan estudios en centros docentes públicos
de los niveles de educación infantil (3 a 6 años), educación primaria o secundaria obligatoria, que estén ubicados a una distancia igual o superior a 3 km del domicilio familiar y no pueden utilizar las rutas de transporte escolar contratadas a este efecto por la Administración Educativa.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de las ayudas individualizadas de transporte escolar se diversificará según la escala de kilómetros existentes entre el domicilio familiar y el del centro:

- de 3 a 10 km: 240 euros por alumno / curso

- de más de 10 hasta 15 km: 300 euros por alumno / curso

- más de 15 km: 360 euros por alumno / curso

- alumnos de educación infantil que tengan su domicilio en términos municipales donde no haya ningún centro público que imparta esta enseñanza: 360 euros por alumno/ curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de esta ayuda los alumnos que cumplen los requisitos siguientes:

a) Cursar estudios de educación infantil (3-6 años), educación primaria o secundaria obligatoria, en un centro docente público.

b) No poder utilizar las rutas de transporte escolar contratadas por la Administración educativa.

c) Tener el domicilio familiar situado a 3 o más km de distancia del centro docente donde está matriculado.

d) Tener el cociente que resulta de dividir todos los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros que forman parte no superior a los 5.500,00 euros. Este criterio no será de aplicación en los supuestos de alumnado de educación infantil cuando en su término municipal no haya ningún centro
público que imparta esta enseñanza.

e) Haber presentado la solicitud y la documentación requerida en esta convocatoria, en los plazos establecidos.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 186
Documento: Bases y Convocatoria 2009/2010 Descargar Documento
Boletín: 19/01/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 8
Documento: Modificación Descargar Documento