Ayudas, mediante el procedimiento anticipado de gasto, destinadas a la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión realizadas con anterioridad al 9 de enero de 1974, fecha de entrada en vigor del Reglamento Electrotecnico para Baja Tension, aprobado por el Decreto 2413/1973
Código de ayuda:
S70482/09Norma:
Resolucion de 9 de noviembre de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas, mediante el procedimiento anticipado de gasto, para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión de las viviendas, así como de las instalacionescomunitarias de enlace y las instalaciones de servicios comunes en los edificios de viviendas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares que se hayan puesto en servicio con anterioridad al 9 de enero de 1974, fecha de entrada en vigor del Decreto 2413/1973, y no hayan sido objeto de ninguna modificación
o reforma.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de cada una de las ayudas será del 50% del importe de la factura (IVA incluido), con un importe máximo que se obtendrá de acuerdo con la asignaciónBeneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o entidades sin finalidad de lucro, incluidas las comunidades de propietarios, que sean titulares del contrato de suministro eléctrico en las instalaciones indicadas en el apartado anterior o que acrediten la titularidad de la vivienda, ya sea como propietarios o como arrendatarios de ésta.Cuando se trate de comunidades de propietarios, además del presidente o presidenta, podrá presentar solicitudes de ayudas la persona que ejerza el cargo de administrador de la comunidad de propietarios, la cual se entenderá que tiene atribuida su representación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Es subvencionable la renovación de instalaciones de baja tensión en viviendas y edificios. Estas actuaciones pueden incluir:A) Instalaciones interiores en viviendas y servicios comunes:
a) Cambio de ubicación del contador.
b) Sustitución de la derivación individual.
c) Dotar todos los circuitos de conductores de protección.
d) Dotar el cuadro general de mando y protección de todos los mecanismosde protección, diferencial y contra sobrecargas de los circuitos interiores, o reformarlo.
e) Reforma de la instalación interior, que puede incluir: sustitución de canalizaciones y conductores de los
circuitos interiores, y dotación de bases de enchufe con puesta a tierra.
B) Instalaciones comunitarias de enlace:
a) Instalación de una nueva caja general de protección y línea general de alimentación.
b) Instalación de centralización de contadores.
c) Instalación de puesta a tierra.
2. La renovación de las instalaciones se realizará por una empresa instaladora autorizada por la Dirección General de Industria.
3. Sólo es subvencionable la renovación de la instalación de una vivienda por beneficiario.
Documentos asociados
Boletín:
14/11/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 166
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 166
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento