Ayudas para 2005 del PROFIT (Plan Nacional de I+D+I 2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica.

Código de ayuda:

S16100/05

Norma:

Resolución de 1 de abril de 2005. Bases en Orden PRE/690/2005 de 18 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente Resolución se realiza la convocatoria para el año 2005 de las ayudas correspondientes a las Secciones que se enuncian en el anexo I siguiendo la relación establecida en el punto 2 del apartado segundo de la Orden PRE/690/2005 de 18 de marzo, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+I 2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica.

En el anexo I se desarrollan los objetivos específicos y líneas prioritarias correspondientes a los Programas y Subprogramas del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+I 2004-2007) objeto de la presente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Transporte
  • Turismo y Hostelería
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Con la única excepción del Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas, podrán ser beneficiarios de las ayudas, ateniéndose a los conceptos dados para cada categoría del apartado sexto de la Orden de bases, los que se relacionan a continuación:
a. Empresa, incluyendo la Pequeña y Mediana empresa y las microempresas.
b. Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.
c. Centros Tecnológicos.
d. Los Organismos Públicos de Investigación entendiendo por tales los definidos y regulados mediante la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento de la Investigación Científica y Técnica y sus disposiciones de desarrollo. Asimismo, a los efectos de la presente Orden, tendrán la consideración de Organismos Públicos de Investigación:
Los adscritos o dependientes de otras Administraciones Públicas.
Las Universidades sin ánimo de lucro, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Otros Centros públicos de investigación y desarrollo.
e. Otras Entidades de Derecho Público en lo relativo a acciones complementarias.
f. Agrupación o asociación, comprendiendo:
Unión temporal de empresas (UTE).
Agrupación de interés económico, formada por empresas o empresas con otras entidades (AIE).
Asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de investigación y desarrollo para su sector.
Otras agrupaciones de los beneficiarios citados en las letras a), b), c), d) y e) de este punto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tipo de proyectos objeto de las ayudas:
1. En las Secciones relacionadas en el anexo I de esta Resolución, con la única excepción del Programa Nacional de Ciencias Sociales Económicas y Jurídicas, podrán ser objeto de ayudas los proyectos y actuaciones que se realicen conforme a las siguientes tipologías de las definidas en el apartado cuarto de la Orden de bases:
a) Proyectos de investigación industrial.
b) Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial.
c) Proyectos de desarrollo tecnológico.
d) Acciones complementarias.
e) Acciones complementarias de cooperación internacional: actuaciones favorecedoras de la participación en los programas EUREKA, IBEROEKA, Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos, y otros programas internacionales de cooperación en investigación científica y desarrollo tecnológico (IDT).
Estas acciones complementarias solo corresponderán a la fase promoción, difusión y fase de definición de los proyectos.
2. En el Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actuaciones que pertenezcan a una de estas tres tipologías de las definidas en el apartado cuarto de la Orden de bases:
a) Acciones complementarias.
b) Acciones complementarias de cooperación internacional: actuaciones favorecedoras de la participación en los programas EUREKA, IBEROEKA, Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo tecnológicos, y otros programas internacionales de cooperación en investigación científica y desarrollo tecnológico (IDT).
c) Proyectos de investigación del Programa Nacional de Ciencias Sociales Económicas y Jurídicas.
3. Los tipos de proyectos o actuaciones relacionados en los dos puntos anteriores, podrán realizarse conforme a las modalidades definidas en el punto 1 del apartado séptimo de la Orden de bases, que son las siguientes:
a. Proyecto o actuación tecnológica individual.
b. Proyecto o actuación tecnológica en cooperación.

Objetivos específicos (para ampliar información consultar Convocatoria y Bases):

SECCIÓN 1.ª PROGRAMA NACIONAL DE BIOMEDICINA: SUBPROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN FARMACÉUTICA EN DESCUBRIMIENTO, DESARROLLO Y EVALUACIÓN DE MEDICAMENTOS QUE INCLUYE PROFARMA II.
El objetivo del Subprograma Nacional de Investigación Farmacéutica en el descubrimiento, desarrollo y evaluación de medicamentos, es el fomento de la investigación científica en la obtención de nuevas moléculas de interés terapéutico para uso humano y veterinario, y el desarrollo de nuevas tecnologías de producción de principios activos y especialidades farmacéuticas, que contribuyan a mejorar el diagnóstico, la prevención y el tratamiento de las enfermedades.

SECCIÓN 2.ª PROGRAMA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS PARA LA SALUD Y EL BIENESTAR: SUBPROGRAMA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS E INVESTIGACIÓN EN PRODUCTOS SANITARIOS.
El objetivo de Subprograma Nacional de Tecnologías Sanitarias e Investigación en Productos Sanitarios es favorecer la I+D+I de las tecnologías sanitarias y de los productos sanitarios.

SECCIÓN 3.ª PROGRAMA NACIONAL DE BIOTECNOLOGÍA.
Los objetivos específicos de este programa son:
- Impulsar y facilitar el desarrollo tecnológico de productos y procesos ligados a la biotecnología.
- Favorecer el desarrollo tecnológico en genómica, proteómica y metabolómica orientadas a aplicaciones de interés en salud humana y animal, agroalimentación.

SECCIÓN 4.ª PROGRAMA NACIONAL DE RECURSOS Y TECNOLOGÍAS AGROALIMENTARIAS.
El Programa Nacional de Recursos y Tecnologías Agroalimentarias tiene como objetivo genérico que el aprovechamiento, producción, conservación y transformación de productos agroalimentarios formen parte de un sistema de desarrollo sostenible y competitivo mediante el que se dé respuesta a la preocupación de los consumidores en materia de calidad y seguridad de los alimentos.

SECCIÓN 5.ª PROGRAMA NACIONAL DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍAS MEDIOAMBIENTALES.
El objetivo del Programa Nacional de Ciencias y Tecnologías Medioambientales es promover la investigación y el desarrollo tecnológico orientados al empleo racional y eficiente de los recursos naturales y a la prevención, minimización y subsanación de los efectos no deseados que la transformación y el uso de los recursos naturales puede implicar para el medio ambiente.

SECCIÓN 6.ª PROGRAMA NACIONAL DE ENERGÍA.
Los objetivos del Programa Nacional de Energía son:
a. Garantizar con la investigación y el desarrollo el suministro energético de forma económica y respetuosa con el medioambiente con criterios de eficiencia y calidad empleando las fuentes energéticas convencionales e introduciendo las tecnologías necesarias para optimizar su uso.
b. Facilitar los medios científicos y tecnológicos que permitan incrementar la contribución de las energías renovables y las tecnologías energéticas emergentes de forma eficiente y competitiva para progresar en su integración en el sistema energético nacional.

SECCIÓN 7.ª PROGRAMA NACIONAL DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍAS QUÍMICAS: SUBPROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN QUÍMICA ORIENTADA.
Los objetivos del Subprograma Nacional de Investigación Química Orientada son:
a. Aumento de la actividad de investigación científica y desarrollo tecnológico en el sector químico que permita ofrecer a la sociedad productos más avanzados que contribuyan a la mejora de las condiciones de vida.
b. Realizar lo anterior vigilando el cumplimiento de las normativas que afectan al sector y en especial la adaptación a la nueva política de Gestión de Productos Químicos de la Comisión Europea (Sistema REACH).

SECCION 8.ª PROGRAMA NACIONAL DE MATERIALES.
El objetivo del Programa Nacional de Materiales es el desarrollo tecnológico de materiales nuevos o dotados de características nuevas de modo que generen campos de aplicación y den soluciones a necesidades de los diversos sectores tecnológicos, adaptadas en todos los casos a las exigencias del crecimiento sostenible, vigilando en especial en especial la reducción de emisiones.

SECCIÓN 9.ª PROGRAMA NACIONAL DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN INDUSTRIAL.
Desarrollar tecnología dirigida a mejorar la calidad de vida del ciudadano y el nivel de capacitación tecnológica de la industria nacional, en base a:
a. Desarrollar conocimientos en las áreas científico-técnicas asociadas (mecánica, automática e ingeniería de sistemas, electrónica e informática industrial y organización de la producción), fundamentales para el desarrollo de productos, procesos y servicios innovadores.
b. Incremetar el número de empresas que realicen actividades de I+D. El desarrollo tecnológico es cada día más intenso, con una proliferación de tecnologías diversas que dejan a las empresas un tiempo de reacción cada vez más reducido y que requieren mayor dedicación y especialización recursos a investigación y desarrollo tecnológico. El programa debe fomentar un mayor gasto en investigación y desarrollo tecnológico por parte de las empresas.
c. Fomentar la cooperación entre empresas, universidades y centros de innovación y tecnología en materia de investigación y desarrollo tecnológico.

SECCIÓN 14.ª PROGRAMA NACIONAL DE MEDIOS DE TRANSPORTE.
A. Subprograma Nacional de Automoción.
B. Subprograma Nacional de Transporte Aéreo.
C. Subprograma Nacional Marítimo.
D. Subprograma Nacional Ferroviario.
E. Subprograma Nacional Transmodal.

SECCIÓN 15.ª PROGRAMA NACIONAL DE CONSTRUCCIÓN.
El Programa Nacional de Construcción persigue los siguientes objetivos generales:
1. Alcanzar un desarrollo sostenible de las actividades de construcción, en especial en relación con aspectos medioambientales, de reducción de emisión de gases de efecto invernadero, de durabilidad, de seguridad y salud laboral, y grado de satisfacción del usuario final, contemplando las diversas etapas que definen el ciclo de vida del objeto constructivo en sus diferentes fases: concepción (planificación), materialización (proyecto, materiales, ejecución de sistemas y procesos) utilización (gestión y mantenimiento) y reintegración (demolición, reciclado, reutilización o rehabilitación).
2. Disminuir la siniestralidad en las actividades de construcción derivadas, entre otras causas, de la inexistencia de tecnologías apropiadas y de la falta de metodologías adecuadas para la formación e información de los agentes implicados.
3. Aprovechar las oportunidades que brindan las nuevas tecnologías de producción y tecnologías de la información y las comunicaciones, en primera instancia, y las sinergias con el resto de tecnologías, como herramientas tecnológicas fundamentales para el desarrollo de las prioridades temáticas de los diferentes ámbitos de actuación previstos en el programa.
4. Incrementar el grado de conocimiento y difusión de los avances tecnológicos existentes y futuros en el hipersector de la construcción, entre todos los agentes intervinientes en el hecho constructivo en general y entre los propios usuarios finales.

SECCION 16.ª PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD.
1. Impulsar el desarrollo de tecnologías tendentes a mejorar la seguridad de personas y bienes.
2. Facilitar la colaboración para la realización de proyectos tecnológicos entre las empresas fabricantes de material de seguridad y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
3. Extender y optimizar el uso, por parte de las empresas, de las infraestructuras públicas y privadas de investigación.
4. Facilitar la participación de las empresas españolas, bien individual o conjuntamente, en los programas y consorcios internacionales que lleven adelante proyectos de I+D relacionados con la protección y seguridad de personas y bienes.

SECCION 17.ª PROGRAMA NACIONAL DE CIENCIAS SOCIALES, ECONÓMICAS Y JURÍDICAS.
Mejorar la investigación socioeconómica y de la investigación sobre las áreas y acciones del Plan Nacional en el ámbito de competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

SECCIÓN 18.ª ACCIÓN ESTRATÉGICA DE TECNOLOGÍAS TURÍSTICAS.
El objeto de la Acción estratégica de Tecnologías Turísticas es fomentar las actuaciones de investigación, desarrollo tecnológico y difusión dirigidas a potenciar la incorporación de tecnología en el sector turístico.
En particular los proyectos deben contribuir a los siguientes objetivos:
- Mejora tecnológica de la oferta turística.
- Diversificación tecnológica de la oferta y la demanda, tanto nacional como extranjera.
- Mejora del conocimiento de la demanda y la oferta de tecnologías turísticas, y por tanto la capacidad de adaptación a la evolución del mercado.
- Desconcentración, tanto estacional como geográfica, de la actividad turística en España, y en especial, potenciar el desarrollo tecnológico turístico de regiones menos favorecidas.
- Compatibilizar el desarrollo tecnológico turístico con el crecimiento sostenible.
- Mejora del conocimiento y aprovechamiento del potencial tecnológico turístico del patrimonio natural, cultural e histórico-artístico español.

SECCIÓN 19.ª ACCIÓN ESTRATÉGICA DE NANOCIENCIA Y NANOTECNOLOGÍA.
El objetivo de esta acción, es el apoyo a la investigación y control de materiales a escala nanométrica o manipulación o estructuración de objetivos y matreriales a dicha escala, fomentando las actuaciones que impliquen a la totalidad de los actores del sistema de I+D+I en la consecución de resultados de interés industrial.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 88
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 13/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 88
Documento: Anexos Descargar Documento