Ayudas para 2008, del Programa de mujeres de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo - Corrección de errores - Modificación Oden TAS/874/2007.
Código de ayuda:
S49155/07Norma:
RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2008. RESOLUCION de 5 de junio de 2007. Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo. TAS/874/2007, de 28 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/03/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Mediante la presente Resolución, la Dirección General de Emigración convoca las ayudas para 2008 correspondientes al Programa de Mujeres de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo de 2007 (BOE de 5 de abril de 2007) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados.Las ayudas del Programa de Mujeres se regirán por lo dispuesto en la citada Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo de 2007 (BOE de 5 de abril de 2007), en la versión rectificada por correcciones de errores publicadas en los BOE n.º 97, de 23 de abril de 2007, n.º 238, de 4 de octubre, y n.º 279, de 21 de noviembre, y por lo establecido en la presente Resolución.
El Programa de Mujeres comprende dos tipos de ayudas:
1.º Ayudas para promover la igualdad efectiva de las españolas del exterior y la prevención de situaciones de violencia de género.
2.º Ayudas para promover la inserción laboral y la promoción profesional de las mujeres españolas en el exterior, mediante programas de formación para el empleo.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Corporaciones Locales
- Empleo
- Formación
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.º Ayudas para promover la igualdad efectiva de las españolas del exterior y la prevención de situaciones de violencia de género:Las ayudas para promover la igualdad efectiva de las españolas del exterior y la prevención de situaciones
de violencia de género serán de cuantía variable según el interés, coste, duración y número de participantes o destinatarios de la actividad, y se destinará a sufragar los gastos que sean necesarios para el desarrollo de la acción, incluidos los de preparación, seguimiento y evaluación de la misma.
2.º Ayudas para promover la inserción laboral y la promoción profesional de las mujeres españolas en el exterior, mediante programas de formación para el empleo:
La ayuda será de cuantía variable según el interés, coste, duración y número de participantes o destinatarios de la acción, y se destinará a sufragar los gastos que sean necesarios para el desarrollo de la acción, incluidos los de preparación, seguimiento y evaluación de la misma.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1.º Ayudas para promover la igualdad efectiva de las españolas del exterior y la prevención de situaciones de violencia de género:Podrán solicitar estas ayudas las entidades públicas o privadas radicadas en el exterior entre cuyos fines se encuentre la realización de las actividades objeto de este programa.
Las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales, en el ámbito de sus respectivas demarcaciones y en calidad de intermediarios, podrán también promover acciones relacionadas con el objeto de estas ayudas.
2.º Ayudas para promover la inserción laboral y la promoción profesional de las mujeres españolas en el exterior mediante programas de formación para el empleo:
Podrán solicitar estas ayudas las Administraciones Públicas españolas y las entidades públicas o privadas radicadas en el exterior o en España entre cuyos fines se encuentre la realización de las actividades objeto de este programa.
Las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales, en el ámbito de sus respectivas demarcaciones y en calidad de intermediarios, podrán promover también acciones de formación dirigidas a la inserción y promoción laboral de las españolas del exterior.
Las acciones formativas de este programa estarán dirigidas a las mujeres españolas mayores de 35 años residentes en el exterior y tendrán como objetivo fomentar y materializar su retorno mediante su efectiva inserción social y laboral en España.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.º Ayudas para promover la igualdad efectiva de las españolas del exterior y la prevención de situaciones de violencia de género:Estas ayudas tienen por objeto promover la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, prevenir y combatir situaciones de violencia de género y facilitar la inserción social de las mujeres en situación de especial vulnerabilidad.
2.º Ayudas para promover la inserción laboral y la promoción profesional de las mujeres españolas en el exterior, mediante programas de formación para el empleo:
Estas ayudas tienen por objeto propiciar la participación de las mujeres españolas residentes en el exterior en actividades de formación, orientadas a su retorno a España, cuyo objetivo sea la inserción de las participantes en el mercado de trabajo o su promoción profesional.
Las ayudas destinadas a promover la inserción laboral y la promoción profesional de las mujeres españolas en el exterior, mediante programas de formación para el empleo, deberán estar en clara conexión con el empleo y tendrán por objeto la realización de las siguientes actividades:
a) Acciones de formación profesional y de especialización en España o en el exterior, combinadas con la realización de prácticas laborales en empresas radicadas en España, que permitan a las españolas residentes en el exterior, mayores de 35 años, su incorporación al mercado de trabajo de nuestro país.
b) Acciones de formación y de especialización, en España o en el exterior, en las profesiones con mayor demanda de empleo en España de acuerdo con el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el primer trimestre de 2008 elaborado por el Servicio Público de Empleo Estatal y publicado en el Boletín Oficial del Estado, que propicien el retorno y faciliten la inserción laboral de las españolas en el exterior mayores de 35 años.
Cuando por las características de la acción se considere necesario, la Dirección General de Emigración podrá establecer que una parte de la ayuda reconocida a la entidad sea destinada a sufragar determinados
gastos de los participantes, para cubrir necesidades de transporte y manutención, así como a incentivos a las empresas que acojan a los mismos para la realización de prácticas laborales no remuneradas, en cuyo
caso, se especificará el importe por el concepto que proceda.
Documentos asociados
Boletín:
05/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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08/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 137
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Boletín:
04/10/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 238
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21/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 45
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
05/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
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09/09/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 218
Documento: Modificación Descargar Documento
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