Ayudas para 2009, a empresas de la Región de Murcia, Corporaciones Locales y Entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y reinserción socio-laboral de personas con problemas de drogodependencia o patología dual, en fase de deshabituación - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S39573/09

Norma:

Resolucion de 8 de mayo de 2009. Resolucion de 2 de febrero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2010, ayudas destinadas a Empresas, Corporaciones Locales y Entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Región de Murcia, con la finalidad de colaborar en la financiación de los gastos que se deriven de la contratación laboral de personas afectadas por problemas de drogadicción o patología dual, que se encuentren en tratamiento de deshabituación y en fase de clara recuperación social.


Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Sanidad y Consumo (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para contratos de doce meses la cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta el equivalente al 90% del importe del Salario Mínimo Interprofesional vigente, más la cuota patronal de la Seguridad Social.

En los contratos que se prorroguen otros seis meses, la cuantía podrá alcanzar hasta el 70% de lo establecido en el apartado anterior.

Los contratos subvencionados previamente que se conviertan en indefinidos, podrán ser subvencionados hasta el 50% del importe del salario mínimo interprofesional vigente, durante el primer año de contrato indefinido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

- Las Empresas y Entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, así como las Corporaciones Locales de esta Región y sus Organismos Autónomos, en los dos casos siguientes:

a) Que se establezcan relaciones laborales, durante el año 2009, con alguna de las personas con problemas de drogadicción o patología dual, propuestas por las entidades que se mencionan en el punto 6 de la presente Resolución, mediante la formalización del correspondiente contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades reconocidas por la normativa laboral.

b) Que prorroguen los contratos celebrados en el año anterior, al amparo de estas ayudas.

- Las Empresas de Economía Social legalmente constituidas, con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia, en las que al menos el 60% de los trabajadores sean drogodependientes o con patología dual en proceso de deshabituación o exdrogodependientes.

En el caso de presentar beneficios, éstos deberán destinarse, en su mayor parte, a incrementar la plantilla contratando nuevos drogodependientes, a inversiones o a la mejora de la calidad de los puestos de trabajo existentes.

- Drogodependientes o con patología dual que pudieran incorporarse al mercado de laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

No podrán, por el contrario, ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades en que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18.11.2003), y en particular:

a) Aquellas Entidades que hayan sido sancionadas por infracciones tipificadas como graves o muy graves, en la Ley 8/1988, de 7 de abril, de infracciones y sanciones en el orden social, durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.

b) Las Entidades que rescindan contratos indefinidos, con objeto de realizar estas contrataciones, a fin de acogerse a las subvenciones convocadas.

c) No se podrán conceder estas subvenciones, cuando entre el trabajador y el empresario, o los altos cargos de la entidad, exista relación de parentesco, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades subvencionadas apoyarán el proceso de integración social del drogodependiente contratado, colaborando con los servicios de tratamiento y seguimiento que tienen la responsabilidad del proceso del beneficiario.

La aceptación de la ayuda cofinanciada por el Fondo Social Europeo implicará la aceptación de su inclusión en la lista de beneficiarios que se hará pública, según establece el artículo 7 (CE) 1828/2006.

Las ayudas se concederán, mediante concurrencia competitiva, con cargo a los presupuestos del Servicio Murciano de Salud, para el ejercicio 2009.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 114
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/02/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 39
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento