Ayudas para Planes de Formacion Continua y actividades formativas dependientes de la Consejeria de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energia de la Junta de Extremadura.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S00800/12Norma:
DECRETO 306/2011, de 30 de diciembre. DECRETO 247/2012, de 18 de diciembre. DECRETO 247/2012, de 18 de diciembre. ORDEN de 20 de febrero de 2013. DECRETO 34/2014, de 11 de marzo. ORDEN de 25 de marzo de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer la convocatoria para el año 2014, de las ayudas destinadas a contribuir a la mejora de la sostenibilidad, competitividad y multifuncionalidad de los sectores agrario, agroalimentario y del medio rural, estimulando, a su vez, el espíritu empresarial y la inserción en el mercado laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asociacionismo y Voluntariado
- Empleo
- Formación
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En relación a las actividades formativas presenciales:a) Coordinación: La subvención de los gastos de las actividades propias de coordinación será de 9 euros por cada hora de actividad formativa, no superando, en todo caso, el importe máximo de 1.000 euros por actividad formativa.
b) Docencia: La subvención de los gastos de las actividades lectivas por docencia será de 45 euros/hora.
c) Gastos de material didáctico: 1 euro por alumno/a y hora de la actividad formativa.
d) Viajes formativos realizados dentro de una actividad formativa: Se subvencionarán los gastos de desplazamiento por actividad formativa según los siguientes intervalos:
a. Cursos de menos de 20 horas: ..............................500 euros/curso.
b. Cursos de 20 a 59 horas:....................................1000 euros/curso.
c. Cursos de 60 a 99 horas:....................................1500 euros/curso.
d. Cursos superiores a 100 horas: ..........................2500 euros/curso.
e) Gastos derivados de la suscripción de las pólizas de seguro de accidentes y de responsabilidad civil:
a. Cursos de hasta 20 horas:....................................250 euros/curso.
b. Cursos de 21 a 40 horas: ....................................300 euros/curso.
c. Cursos de 41 a 60 horas: ....................................350 euros/curso.
d. Cursos de 61 a 100 horas: ..................................400 euros/curso.
e. Cursos superiores a 100 horas: ............................450 euros/curso.
f. Cursos de extrema peligrosidad: ..........................560 euros/curso.
f) Gastos de adquisición de Equipos de Protección Individual u otro material de prácticas para las actividades formativas cuya duración sea igual o superior a 20 horas:
El importe de este concepto será 40 euros por alumno/a.
g) Otros gastos: Se financiarán los siguientes conceptos:
1. Gastos de publicidad.
2. Gastos por la adquisición de material de prácticas imprescindible para el desarrollo de la actividad formativa correspondiente.
3. Alquileres.
En relación a los conceptos señalados, los importes serán los que a continuación se indican:
a. Para cursos de hasta 40 horas: ......................500 euros/curso.
b. Para cursos de 41 a 80 horas: ........................750 euros/curso.
c. Para cursos superiores a 80 horas: ................1000 euros/curso.
1.2. En relación a las actividades formativas on-line:
a) Coordinación: La subvención de los gastos de las actividades propias de coordinación será de 9 euros por cada hora de actividad formativa, no superando, en todo caso, el importe máximo de 1.000 euros por actividad formativa.
b) Docencia: La subvención de los gastos de las actividades lectivas por docencia será de 45 euros/hora.
c) Gastos de mantenimiento de la plataforma virtual: Hasta 1,20 euros por alumno/a y hora de la actividad formativa.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
— Organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas, con implantación en laComunidad Autónoma de Extremadura.
— Uniones, Confederaciones y Federaciones de Cooperativas Agrarias o Agroalimentarias con
implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Podrán participar Cooperativas agrarias o agroalimentarias individualmente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
I. La financiación de Planes de Formación Continua desarrollados por organizaciones profesionales agrarias.II. La financiación de Actividades de Formación Continua destinadas a entidades que tengan
entre sus objetivos la formación y capacitación en materia agraria y agroalimentaria, así como de desarrollo rural, cuyo ámbito de actuación radique en la Comunidad Autónoma de Extremadura y no sean organizaciones profesionales agrarias.
Requisitos:
1. No hallarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarias a que se refiere el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o aportar declaración responsable de no tener deudas al respecto en los supuestos previstos en el apartado 8 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 125/2005, de 24 de mayo, por el que se aprueban medidas para la mejora de la tramitación administrativa y simplificación documental asociada a los procedimientos de la Junta de Extremadura, no resultando un impedimento para ser beneficiario cuando éstas se encuentran aplazadas, fraccionadas o cuando se hubiese acordado su suspensión, salvo que sea deudora por resolución firme.
Documentos asociados
Boletín:
05/01/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 3
Documento: Bases, Primera Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
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24/12/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 247
Documento: Modificación Descargar Documento
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26/02/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 39
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
17/03/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 52
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
31/03/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 62
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
11/04/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 71
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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