Ayudas para actividades asistenciales y de atencion del Programa de mayores y dependientes de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S62573/10

Norma:

Resolución de 19 de noviembre de 2010. ORDEN TAS/874/2007, de 28 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas tienen por objeto:

a) Mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a los centros sociales, centros de día y residencias de mayores para el mantenimiento y la realización de actividades de carácter informativo, social, asistencial o cultural de las instituciones que tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.

b) Favorecer la acogida e integración de españoles mayores y/o dependientes retornados que no pertenezcan a la población activa, mediante el apoyo a la creación o mantenimiento de residencias de acogida.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo e Inmigración ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será de carácter variable y estará en función del interés de la actividad a ejecutar, así como del número de personas que se beneficiarán de la misma o de los españoles mayores y/o dependientes o retornados acogidos en el Centro o Institución solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros sociales, los centros de día y residencias de mayores, así como las instituciones que acojan a personas mayores que no pertenezcan a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior o retornados o sean cónyuges de éstos y que carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades asistenciales y de atencion del Programa de mayores y dependientes.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 284
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento