Ayudas para actividades asistenciales y de atencion del Programa de mayores y dependientes de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo.- Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S62573/10Norma:
Resolución de 19 de noviembre de 2010. ORDEN TAS/874/2007, de 28 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/12/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas ayudas tienen por objeto:a) Mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a los centros sociales, centros de día y residencias de mayores para el mantenimiento y la realización de actividades de carácter informativo, social, asistencial o cultural de las instituciones que tengan como finalidad la atención de dicho colectivo.
b) Favorecer la acogida e integración de españoles mayores y/o dependientes retornados que no pertenezcan a la población activa, mediante el apoyo a la creación o mantenimiento de residencias de acogida.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Trabajo e Inmigración ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda será de carácter variable y estará en función del interés de la actividad a ejecutar, así como del número de personas que se beneficiarán de la misma o de los españoles mayores y/o dependientes o retornados acogidos en el Centro o Institución solicitante.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los centros sociales, los centros de día y residencias de mayores, así como las instituciones que acojan a personas mayores que no pertenezcan a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior o retornados o sean cónyuges de éstos y que carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades asistenciales y de atencion del Programa de mayores y dependientes.Documentos asociados
Boletín:
05/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
24/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 284
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 284
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento