Ayudas para actuaciones de emprendimiento en el ambito del Sistema de Innovacion de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S41473/12Norma:
Orden de 09/11/2012. Resolución de 09/11/2012. Orden de 21/05/2013. Resolución de 12/06/2013. Resolución de 05/05/2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/05/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Efectuar la convocatoria pública para el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de Ayudas para el desarrollo de actuaciones de emprendimiento en el ámbito del Sistema de Innovación de Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda será la que figure en el presupuesto de las actuaciones y/o proyectos subvencionables presentado por las entidades solicitantes, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:a) Respecto a los costes de personal, se tendrán en cuenta los límites máximos por categorías laborales fijados en el Anexo I de la presente convocatoria, sin que puedan subvencionarse costes de personal correspondientes a más de 10 trabajadores.
b) Respecto a los gastos de colaboraciones externas, se comprobará que estos gastos resultan necesarios y adecuados para el desarrollo de las acciones y/o proyectos propuestos. Dentro de esta tipología, el gasto máximo subvencionable por acción y/o proyecto presentado será de 25.000,00 euros.
La cuantía máxima a subvencionar por proyecto será de 150.000,00 euros. Cuando el importe del presupuesto aprobado de un proyecto supere esta cantidad, la diferencia será financiada con recursos propios del beneficiario, quien deberá justificar la totalidad del presupuesto aprobado mediante resolución de concesión.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Centros Europeos de Empresas e Innovación (CEEIs) de la región, considerados como infraestructuras de soporte a la innovación, que actúen como estructuras de interacción, según el Libro Blanco de la Innovación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y que dentro de nuestro Sistema de Innovación presten servicios al tejido empresarial con el fin de facilitar la actividad emprendedora.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Aquellas acciones que fomenten la tutela a los emprendedores, en los términos previstos en el Título V de la Ley, dirigidas a promover el apoyo y el asesoramiento técnico necesario a los emprendedores, así como, el que requiera cualquier actividad empresarial para su funcionamiento ordinario.b) Y aquellas acciones dirigidas a promover puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels, en los términos previstos en el Título VI de la citada Ley.
Requisitos:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social.b) No estar incursas en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 de artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Tener el domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha.
d) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de las personas jurídicas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligadas a ello, y no haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
f) Cumplir las disposiciones que resulten de aplicación previstas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como lo dispuesto en la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, y adoptar las medidas adecuadas para evitar cualquier discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión o convicción, minusvalía, edad u orientación sexual, durante la ejecución del proyecto o actuaciones objeto de subvención.
g) Haber prestado un servicio activo de, al menos, seis meses ininterrumpidos, en el año inmediatamente anterior al de la convocatoria de estas ayudas, mediante personal cualificado y contratado para tal fin.
Documentos asociados
Boletín:
13/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 221
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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13/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 221
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
06/06/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 108
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
25/06/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 121
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
15/05/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 91
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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