Ayudas para actuaciones de promoción turística e inversiones en infraestructura turística.
Código de ayuda:
S64682/09Norma:
Orden de 23/09/2009. Resolucion de 24/11/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en las siguientes líneas:1ª) Fomento y modernización de las empresas turísticas de Castilla-La Mancha, tendente a favorecer las inversiones para ampliar, reformar o modernizar los establecimientos turísticos, y por otro lado, a propiciar las actividades de promoción turística de la región incentivando la incorporación de las nuevas tecnologías, comercialización y desarrollo de productos turísticos, con los siguientes programas:
a) Realización de inversiones
b) Realización de actividades de promoción turística
c) Proyectos de innovación y desarrollo de nuevas tecnologías
2ª) Promoción, mejora e incremento de los recursos turísticos por las Entidades Locales, destinada a propiciar las actividades de promoción turística de sus recursos turísticos, de cara a la ampliación y mejora de la oferta turística de Castilla-La Mancha, con los siguientes programas:
a) Realización de inversiones en infraestructura turística
b) Realización de actividades de promoción turística
c) Proyectos de innovación y desarrollo de nuevas tecnologías
3ª) Promoción de actividades de carácter turístico de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, con la finalidad de apoyar a los agentes económicos y sociales de la Región que realizan diversas actividades de promoción turística en sus diversas zonas de influencia, con los siguientes programas:
a) Actividades de promoción turística
b) Proyectos de innovación y desarrollo de nuevas tecnologías
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
- Inversiones Materiales y Equipos
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Artesania (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) En la línea de fomento y modernización de las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.Las empresas turísticas con establecimiento permanente en Castilla-La Mancha, debidamente inscritas como tales en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos en el momento de presentación de las solicitudes, conforme al artículo 13 de la Ley 8/1999 de 26 de mayo , de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, y aquellas empresas que presenten proyectos cuyo objetivo sea la atracción de turistas y la promoción y comercialización de productos turísticos y que tengan un establecimiento permanente en Castilla-La Mancha.
b) En la línea de promoción, mejora e incremento de los recursos turísticos por las Entidades Locales.
Los ayuntamientos, las entidades de ámbito territorial inferior al municipio y las mancomunidades de municipios de Castilla-La Mancha.
c) En la línea de promoción de actividades de carácter turístico de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
Las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, domiciliadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que tengan como finalidad principal y así conste en sus estatutos, escritura de constitución o acta de constitución, el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo del sector turístico de Castilla-La Mancha y/o el apoyo y asesoramiento a las empresas turísticas de la Región, además de aquellas que se dediquen de forma ocasional a la organización y promoción de fiestas declaradas de interés turístico.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Consultar base 8ª de la presente Orden.Requisitos:
a) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.b) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
c) Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la línea de ayuda a la promoción de actividades de carácter turístico de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
d) Tener un establecimiento permanente en Castilla-La Mancha.
e) No hallarse la asociación incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del
artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, para la línea de ayuda a la realización de actividades de promoción turística de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
f) Disponer, en su caso, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
g) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social.
Documentos asociados
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08/10/2009
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18/11/2009
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04/12/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 238
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