Ayudas para actuaciones de reindustrializacion en el municipio de Vinaros (Castellon de la Plana), en el año 2009.- Modificación.
Código de ayuda:
S68700/08Norma:
RESOLUCION de 28 de octubre de 2008. Orden ITC/3098/2006, de 2 de octubre. Orden ITC/3009/2007 de 10 de octubre. Orden ITC/643/2007, de 7 de marzo. Orden ITC/2444/2010, de 13 de septiembre. Orden ITC/2016/2011, de 6 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/12/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir a la reindustrialización de la zona a las que se refiere el apartado segundo de esta resolución y que se realicen a través del área de infraestructura.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Desarrollo Rural
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Financiación Preferente / Préstamos
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Industria, y Comercio ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas a conceder para el año 2009 es de 7.000.000 €, correspondiendo 1.000.000 € a subvenciones y 6.000.000 € a créditos reembolsablesBeneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que cumplan las condiciones subjetivas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y específicamente lo determinado en el apartado quinto de la Orden ITC/3098/2006, de 2 de octubre, para cada tipo de actuación respectivamente.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos o actuaciones que se realicen durante el año 2009 que tengan por finalidad contribuir a la reindustrialización de las zonas a las que se refiere el apartado segundo de esta resolución y que se realicen a través del área de infraestructura. En particular podrán serlo, lasactuaciones reguladas en el apartado cuarto de la Orden ITC/3098/2006, de 2 de octubre. Para éstas deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo de la misma Orden, respectivamente.
Documentos asociados
Boletín:
10/10/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
19/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
03/11/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 265
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
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Boletín:
21/09/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 229
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
18/07/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 171
Documento: Modificación Descargar Documento
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