Ayudas para alumnado de la Universidad de La Laguna con especiales dificultades economicas.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S07928/11Norma:
RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2011.Plazo de Solicitud:
1ª fase: hasta el 16 de mayo; 2ª fase: hasta el 30 de junio; 3ª fase: hasta el 15 de noviembre.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas para el alumnado de estudios de grado o de titulaciones de primer y segundo ciclo que acrediten especiales dificultades económicas para afrontar el coste de sus estudios, debido a circunstancias sobrevenidas que produzcan un desequilibrio de la economía familiar, siempre que no estén ni puedan ser subvencionados con otras ayudas oficiales y que dichas circunstancias repercutan negativamente en su rendimiento académico.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Universidad de La Laguna (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda será el equivalente a los gastos de matrícula, hasta un máximo de 1.000,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los alumnos de estudios de grado y de titulaciones de primer y segundo ciclo de la Universidad de La Laguna que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El coste de sus estudios (los costes de la matrícula).Requisitos:
1. Académicos.Tener una media de 30 créditos aprobados en cada curso académico durante sus estudios universitarios.
A estos efectos, no se tendrá en cuenta el curso en el que sobrevino el hecho causante de la situación de
desequilibrio económico.
2. Económicos.
• No superar los 8.000 euros de renta por cada miembro de la unidad familiar (RPC).
• No superar el patrimonio financiero o inmobiliario computable, donde no se incluye la vivienda familiar, el importe de 40.800 euros.
• Si son computables rentas generadas por actividades empresariales, profesionales, agrícolas o ganaderas
sometidas a estimación directa y en el caso de rentas computables que deriven mayoritariamente del capital mobiliario o inmobiliario, el valor de las fincas e instalaciones agrícolas o ganaderas adscritas al patrimonio familiar no puede superar los 108.180 euros.
Documentos asociados
Boletín:
17/02/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 35
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 35
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento