Ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2020-2021, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
Código de ayuda:
S42019/20Norma:
ORDEN ECI/1815/2005, de 6 de junio. Resolución de 31 de julio de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
a) Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves deconducta.
También podrán ser beneficiarios de ayudas directas los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista) no incluidos en el párrafo anterior y que requieran estos apoyos y atenciones educativas específicas.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
Categorías Subvención
Becas
Discapacidad / Personas con discapacidad
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Enseñanza: hasta 862,00 euros.- Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
- Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
- Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
- Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
- Libros y material didáctico:
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y Otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros.
Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
- Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.
Documentos asociados
Boletín:
15/06/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 1402
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
08/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 214
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 214
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
08/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 214
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 214
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
24/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 227
Documento: Corrección errores convocatoria del Extracto Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 227
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