Ayudas para apoyar al sector cultural de Mallorca por los perjuicios provocados por los efectos de la pandemia.
Código de ayuda:
S05100/21Plazo de Solicitud:
Hasta el día 15 de abril de 2021, incluido, o hasta el agotamiento del crédito.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 6.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas económicas de esta convocatoria son para apoyar al mantenimiento de las empresas, autónomos y asociaciones del ámbito cultural de Mallorca por los graves efectos económicos derivados de la pandemia de la covid-19.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- En el caso de empresas/autónomos/asociaciones con 1 trabajador será de 1.000,00 € por beneficiario. Se entiende que cumple este requisito un autónomo sin ningún trabajador.- En el caso de empresas/autónomos/asociaciones que tengan hasta 4 trabajadores/será de 2.000,00 € por beneficiario.
- En el caso de empresas/autónomos/asociaciones que tengan entre 5 y 10 trabajadores/será de 4.000,00 € por beneficiario.
- En el caso de empresas/autónomos/asociaciones con más de 10 trabajadores/será de 6.000,00 € por beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas, autónomos y asociaciones del sector cultural de Mallorca.Requisitos:
- Que tengan por objeto el desarrollo de actividades culturales.- Que tengan su domicilio social en Mallorca
- Que, en el caso de empresas y asociaciones, como mínimo tengan un trabajador en plantilla. Se exige no haber despedido a trabajadores o trabajadoras afectados por los expedientes de regulación temporal del empleo (ERTE).
- Que durante el 2019 o 2020 estuviera dada de alta en el censo de actividades económicas en uno de los epígrafes relacionados en la tabla que se indica en la convocatoria de las ayudas.
- En el caso de autónomos las actividades señaladas en los apartados anteriores tienen que ser su actividad principal.
- Si es una comunidad de bienes se tiene que indicar en la solicitud los comuneros, cuota de participación y adjuntar el contrato de constitución.
Documentos asociados
Boletín:
16/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 36
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 36
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín:
06/04/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 46
Documento: Anuncio Agotamiento Fondos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 46
Documento: Anuncio Agotamiento Fondos Descargar Documento