Ayudas para apoyar la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Illes Balears para el año 2025.
Código de ayuda:
S04291/25Norma:
Resolución de 27 de febrero de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta convocatoria tiene por objeto apoyar a los creadores y creadoras para procesos específicos de investigación y creación dirigidos a la futura producción de obras y proyectos relacionados con las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Illes Balears.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto de Estudios Baleáricos (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Son beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de 18 años que desarrollen su actividad profesional en los sectores mencionados en el apartado 1.1 de la base primera y sean naturales de las Illes Balears o bien desarrollen su actividad profesional en un domicilio de las Illes Balears.2.2. También son beneficiarios los colectivos de personas creadoras constituidas como persona jurídica o comunidad de bienes dadas de alta de actividad económica en epígrafes vinculados a la creación y a la actividad profesional en el ámbito de la cultura. Estas personas jurídicas, además, deben cumplir las siguientes condiciones:
1º. Estar establecidas en un estado miembro de la Unión Europea o del espacio económico europeo.
2º. Tener en el momento de solicitar la ayuda un establecimiento permanente operativo en la comunidad autónoma de las Illes Balears con al menos dos años de antigüedad, o bien acreditar que el 50 % de los contratos laborales o servicios contratados los han hecho en el último año en las Illes Balears, o que desarrollen más del 50 % de su actividad en las Illes Balears.
Requisitos:
a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.b) Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que se determinen legalmente.
c) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los apartados 6, 7 y 8 de esta convocatoria.
c) Cumplir los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
d) Presentar una sola solicitud. En caso de presentar una nueva solicitud, se debe desistir expresamente de la anterior; en caso de no hacerlo, únicamente se tendrá en cuenta la primera solicitud registrada.
e) Disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
27/02/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 26
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 26
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento