Ayudas para apoyar las Actividades de los Grupos de Investigación.
Código de ayuda:
S16628/05Norma:
Resolución UNI/1022/2005, de 6 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar a grupos de investigación de las universidades y los centros públicos y privados de Cataluña sin ánimo de lucro cuya actividad principal sea la investigación y la transferencia de conocimiento, con el fin de potenciar su desarrollo o su consolidación de acuerdo con las necesidades del grupo.Categorías Subvención
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Educación y Ciencia
- Empleo
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
- Grupos de investigación emergentes (GRE) con un número orientativo de entre tres y diez investigadores, de los que al menos dos deben ser doctores con dedicación completa y vinculados estatutaria o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación.- Grupos de investigación consolidados (GRC) de un mínimo de cinco y un máximo de veinte miembros. De estos, al menos tres deberán ser doctores con dedicación completa vinculados estatutaria o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los conceptos subvencionables, para todas las modalidades, son los siguientes:a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación (puede tratarse de personal de diferente nivel, tales como titulados superiores y medios u otro personal de apoyo a la investigación sobre todo en cuanto a la formación profesional).
La duración de esos contratos dependerá de la financiación disponible de los grupos de investigación de acuerdo con los conceptos solicitados y el importe recibido.
b) Incorporación de doctores a través de un contrato posdoctoral.
Se valorará considerablemente la aportación de cofinanciación por parte del grupo en este concepto.
c) Adquisición de pequeño equipamiento, inventariable o bibliográfico.
d) Material fungible.
e) Una acción movilizadora (organización de un congreso o jornada).
f) Beca predoctoral de formación de investigadores (FI-G).
g) Ayuda para un profesor o investigador visitante.
h) Otros gastos no incluidos en ninguno de los apartados anteriores. Este apartado incluye las dotaciones para becas, las actividades destinadas a la promoción de la internacionalización del grupo de investigación que se hayan incluido en el plan de trabajo, la difusión de la investigación, las expediciones o los trabajos de campo, las subcontrataciones o cualquier otro gasto relacionado con los objetivos de investigación del grupo.
Documentos asociados
Boletín:
15/04/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4364
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4364
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
27/05/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4393
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4393
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento