Ayudas para asociaciones empresariales del sector forestal durante el año 2005.
Código de ayuda:
S58491/05Norma:
RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/12/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a las asociaciones del sector forestal radicadas en el Principado de Asturias que, durante el año 2005, hayan prestado servicio de asesoramiento técnico a sus asociados y promuevan actividades de interés para la defensa del sector forestal en el ámbito territorial del Principado de Asturias.Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones que se concedan no rebasarán el tope máximo del 75% del gasto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Todas aquellas asociaciones que tengan su origen en cualquier Estado miembro del espacio económico europeo y cuyo domicilio social o establecimiento esté radicado en el Principado de Asturias que aglutinen empresas, cooperativas o autónomos que tengan como objeto social el desarrollo de trabajos forestales, la producción de planta forestal, el aprovechamiento de madera y la primera transformación de la misma, así como las asociaciones de propietarios de montes en las que puedan tener cabida todos los propietarios particulares de terrenos forestales del Principado de Asturias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades a subvencionar son:a) Actuaciones encaminadas al fomento y extensión forestal (celebración de campañas técnicas o demostrativas, organización de jornadas de divulgación, etc).
b) Gastos de funcionamiento de las entidades asociativas.
Serán subvencionables aquellos gastos realizados durante el año 2005 y que respondan al normal funcionamiento de la asociación y a la naturaleza de la actividad subvencionable.
Los gastos subvencionables para cada una de las actividades serán:
Para las actividades del punto a) de la base anterior:
— Gastos de alquiler de locales, vehículos y/o medios necesarios para la realización de los mismos.
— Gastos de publicidad.
— Gastos de contratación de empresas y/o personas en relación con la actividad.
— Gastos correspondientes a desplazamientos o gastos de hospedaje y restauración.
Para las actividades del punto b) de la base anterior:
— Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas.
— Arrendamientos y cánones.
— Reparaciones y conservación.
— Primas de seguros.
— Publicidad, propaganda y relaciones públicas.
— Material de oficina, fotocopias e imprenta.
— Comunicaciones.
— Cuotas, tanto la de suscripción a publicaciones e inscripción en actividades como las abonadas por pertenencia a otras asociaciones nacionales o internacionales.
— Gastos relacionados con la realización de programas técnicos o demostrativos que tengan como objetivo mejorar los servicios prestados a los socios componentes de la entidad, siendo subvencionables los mismos que se citan en el apartado 2.1 de esta base.
— Contratación de servicios de asesoramiento técnicos, jurídicos, fiscales, contables o laborales.
— Asistencia del personal técnico y/o directivo a ferias, congresos o exposiciones del ámbito de su asociación.
No serán subvencionables ni los gastos de personal ni los gastos por servicios profesionales que pudieran derivarse de la contratación de algún miembro de los órganos de gobierno de la entidad solicitante.
Requisitos:
a) Estar constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2005.b) No estar incursas en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no sean deudoras del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
Documentos asociados
Boletín:
22/12/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 294
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 294
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento