Ayudas para atender a personas jóvenes extranjeras no acompañadas en su proceso de adaptación social.
Código de ayuda:
S10891/05Norma:
Orden de 2 de febrero 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de ayudas para atender a personas jóvenes extranjeras no acompañadas en su proceso de adaptación socialcuyo objeto sean programas dirigidos a personas jóvenes extranjeras que no están acompañadas, y que por su edad y circunstancias personales son vulnerables socialmente.
La finalidad de las ayudas es la prevención de conductas asociales, el desarrollo de recursos personales y su promoción, todo ello con el fin de lograr su integración social.
Categorías Subvención
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Juventud
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas o públicas con personalidad jurídica propia que promuevan la consecución de un fin público o de interéssocial sin ánimo de lucro y que desarrollen programas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Documentos asociados
Boletín:
25/02/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 39
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 39
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento