Ayudas para atender a personas jóvenes extranjeras no acompañadas en su proceso de adaptación social.

Código de ayuda:

S10891/05

Norma:

Orden de 2 de febrero 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas para atender a personas jóvenes extranjeras no acompañadas en su proceso de adaptación social
cuyo objeto sean programas dirigidos a personas jóvenes extranjeras que no están acompañadas, y que por su edad y circunstancias personales son vulnerables socialmente.
La finalidad de las ayudas es la prevención de conductas asociales, el desarrollo de recursos personales y su promoción, todo ello con el fin de lograr su integración social.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Juventud

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas o públicas con personalidad jurídica propia que promuevan la consecución de un fin público o de interés
social sin ánimo de lucro y que desarrollen programas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 39
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento