Ayudas para benficiaros finales de la medida 4.1.3 del programa comarcal de las Illes Pitiuse LEADER 2007-2013.- Convocatoria 2011.- Modificación.
Código de ayuda:
S51419/10Norma:
Grup d’Acció Local per al Desenvolupament Rural d’Eivissa i Formentera. Ordre de 18 de desembre de 2007.Plazo de Solicitud:
Período 1.- del 04/05/11 al 23/05/11. Período 2.- del 01/07/11 al 20/07/11. Período 3.- del 01/10/11 al 20/10/11.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El fomento de la calidad de vida y la diversificación económica a través del método Leader, de acuerdo con la Orden de la consellera de Agricultura i Pesca de 18 de diciembre de 2007.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Desarrollo Rural
- Formación
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Inversiones productivas:La ayuda pública total máxima proveniente del programa comarcal que podrá recibir un proyecto productivo será, con caracter general, de 120.000 €. La intensidad de ayuda máxima, proveniente del programa comarcal, que podrá recibir un proyecto productivo, será del 50% de la inversión subvencionable, siempre que no se superen las intensidades de ayuda máximas establecidas por la legislación vigente.
2. Inversiones no productivas:
La ayuda pública total máxima, proveniente del programa comarcal, que podrá recibir un titular por proyecto productivo será, con caracter general, de 80.000 €. Este límite no será aplicable a los proyectos promovidos, como titular de los mismos, por el Grup d’Acció Local per al Desenvolupament Rural d’Eivissa i Formentera. La intensidad de ayuda máxima que podrá recibir un proyecto será del 100% de la inversión subvencionable, siempre que no se superen las intensidades de ayuda máximas establecidas por la legislación vigente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los titulares de proyectos que se propongan desarrollar una actividad subvencionable y sean:a. Personas físicas.
b. Personas jurídicas. En el caso de Administraciones públicas, solo podran ser beneficiaries finales las corporaciones locales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Medida 311: diversificación hacia actividades no agrícolas.- Medida 312: ayuda a la creación y desarrollo de microempresas.
- Medida 321: servicios básicos para la economía y población rural.
- Medida 323: conservación y mejora del patrimonio rural.
- Medida 331: formación e información para los agentes económicos que actuen en los ámbitos cubiertos por el eje 3.
Requisitos:
- Los beneficiarios finales de las ayudas previstas en esta convocatoria deberán cumplir los requisitos pertinentes contemplados en el régimen jurídico aplicable.- Los beneficiarios finales tendran la obligación de mantener los requisitos exigidos para acceder a la ayuda al menos 1 año, contado desde el momento de concesión de la misma.
Documentos asociados
Boletín:
20/12/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 188
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
31/08/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 127
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
03/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 66
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 66
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
10/05/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 66
Documento: Modificación Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 66
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