Ayudas para benficiaros finales de la medida 4.1.3 del programa comarcal de las Illes Pitiuse LEADER 2007-2013.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S51419/10

Norma:

Grup d’Acció Local per al Desenvolupament Rural d’Eivissa i Formentera. Ordre de 18 de desembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Período 1.- del 04/05/11 al 23/05/11. Período 2.- del 01/07/11 al 20/07/11. Período 3.- del 01/10/11 al 20/10/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de la calidad de vida y la diversificación económica a través del método Leader, de acuerdo con la Orden de la consellera de Agricultura i Pesca de 18 de diciembre de 2007.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Inversiones productivas:
La ayuda pública total máxima proveniente del programa comarcal que podrá recibir un proyecto productivo será, con caracter general, de 120.000 €. La intensidad de ayuda máxima, proveniente del programa comarcal, que podrá recibir un proyecto productivo, será del 50% de la inversión subvencionable, siempre que no se superen las intensidades de ayuda máximas establecidas por la legislación vigente.

2. Inversiones no productivas:
La ayuda pública total máxima, proveniente del programa comarcal, que podrá recibir un titular por proyecto productivo será, con caracter general, de 80.000 €. Este límite no será aplicable a los proyectos promovidos, como titular de los mismos, por el Grup d’Acció Local per al Desenvolupament Rural d’Eivissa i Formentera. La intensidad de ayuda máxima que podrá recibir un proyecto será del 100% de la inversión subvencionable, siempre que no se superen las intensidades de ayuda máximas establecidas por la legislación vigente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de proyectos que se propongan desarrollar una actividad subvencionable y sean:

a. Personas físicas.

b. Personas jurídicas. En el caso de Administraciones públicas, solo podran ser beneficiaries finales las corporaciones locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Medida 311: diversificación hacia actividades no agrícolas.

- Medida 312: ayuda a la creación y desarrollo de microempresas.

- Medida 321: servicios básicos para la economía y población rural.

- Medida 323: conservación y mejora del patrimonio rural.

- Medida 331: formación e información para los agentes económicos que actuen en los ámbitos cubiertos por el eje 3.

Requisitos:

- Los beneficiarios finales de las ayudas previstas en esta convocatoria deberán cumplir los requisitos pertinentes contemplados en el régimen jurídico aplicable.

- Los beneficiarios finales tendran la obligación de mantener los requisitos exigidos para acceder a la ayuda al menos 1 año, contado desde el momento de concesión de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 188
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/08/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 127
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 03/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 66
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/05/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 66
Documento: Modificación Descargar Documento