Ayudas para compensar económicamente los daños producidos en el ganado por la acción de buitres.
Código de ayuda:
S03419/05Norma:
Orden 25/2001, de 13 de julio. Resolución nº 39 /2005, de 21 de enero.Plazo de Solicitud:
15 días desde la producción del ataque de los buitres al ganado.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/12.png)
Convoca:
Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los titulares de explotaciones ganaderas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Compensar económicamente a los ganaderos por los daños que puedan sufrir en su cabaña como consecuencia de las interacciones de la población de buitres con los animales vivos de renta.Documentos asociados
Boletín:
21/07/2001
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
05/02/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 19
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 19
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento