Ayudas para construcción, remodelación y equipamiento de instalaciones deportivas de interés federativo en Aragón, durante el año 2007.
Código de ayuda:
S44446/06Norma:
ORDEN de 3 de noviembre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/12/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las presentes bases es satisfacer las necesidades del deporte federado para construcción, remodelación y equipamiento de instalaciones deportivas de interés federativo en Aragón, durante el año 2007.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Federaciones Deportivas Aragonesas y Clubes Deportivos Aragoneses inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas Aragonés.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas convocadas van dirigidas a los siguientes programas:A.—CONSTRUCCION O REMODELACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DE INTERES FEDERATIVO:
Obras de nueva construcción de instalaciones deportivas que puedan atender al desarrollo de actividades federativas regladas, promovidas por Federaciones o Clubes.
Obras de remodelación, modernización o adecuación de las instalaciones deportivas propiedad de Federaciones o de Clubes, incluidas las sedes administrativas de Federaciones Deportivas.
B.—EQUIPAMIENTO DEPORTIVO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS:
Equipamiento de las instalaciones deportivas de material deportivo específico, para el desarrollo de la práctica deportiva federada. (Queda excluido el equipamiento o vestuario destinado a uso personal).
C.—EQUIPAMIENTO DE SEDES ADMINISTRATIVAS DE FEDERACIONES DEPORTIVAS:
Equipamiento de las sedes administrativas de las Federaciones con material informático o mobiliario
Las Federaciones podrán solicitar ayudas para uno o varios de los programas indicados. Los clubes podrán solicitar ayudas, exclusivamente, para los programas A y B, pudiendo hacerlo para uno de ellos o para ambos.
Requisitos:
Las entidades beneficiarias vendrán obligadas a justificar la subvención mediante la aportación de la documentación fijada en el ANEXO II.El plazo para la justificación de las ayudas comenzará desde su concesión y finalizará el 15 de noviembre del año 2007. El incumplimiento del plazo provocará la perdida de la eficacia del derecho al cobro de la ayuda concedida.
Documentos asociados
Boletín:
15/11/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento