Ayudas para cursar Enseñanzas Regladas de Formacion Profesional Agraria y Agroalimentaria, y para la realizacion de practicas en empresas.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S10591/11

Norma:

ORDEN AYG/153/2011, de 9 de febrero. ORDEN AYG/369/2011, de 4 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las convocatorias de ayudas que lleve a cabo la Consejería de Agricultura y Ganadería, destinadas a los alumnos que cursen enseñanzas regladas de formación profesional agraria y agroalimentaria, de los ciclos formativos que se indiquen en la correspondiente
convocatoria, así como a los que realicen prácticas en empresas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La ayuda podrá comprender uno o varios de los siguientes conceptos y por un importe de hasta un máximo de las cuantías que se indican:

a) Alojamiento y manutención: 1.200 € por curso.

b) Manutención sin alojamiento (sólo alumnos en externado): 500 € por curso.

c) Desplazamiento (sólo alumnos en externado):

– Hasta 10 Km.: 125 € por beneficiario y por curso.

– A partir de 10 Km.: 6 €/Km. con el límite máximo de 500 € por beneficiario y por curso.

d) Material escolar: 100 € por alumno y por curso.

e) Material de trabajo para prácticas: Los alumnos matriculados en los programas de cualificación profesional inicial y en los ciclos de grado medio y superior que justifiquen mediante factura original la adquisición de un equipo de trabajo para la realización de prácticas, podrán obtener una ayuda complementaria de 100 € una sola vez por ciclo formativo.

f) Prácticas en empresas (Módulo de formación en centros de trabajo):

– 700 € para los alumnos en prácticas de los ciclos formativos que se especifiquen en la correspondiente convocatoria.

– 600 € para el resto de alumnos en prácticas de los ciclos de grado medio y superior.

– 190 € para los alumnos en prácticas de los programas de cualificación profesional inicial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los alumnos que cursen enseñanzas regladas de formación agraria y agroalimentaria en programas de cualificación profesional inicial (P.C.P.I.) y formación profesional de grado medio y superior, así como aquellos alumnos que realicen las prácticas en empresas (módulo de formación en centros de trabajo)
durante el curso académico correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tendrán la consideración de actividades subvencionables las que a continuación se relacionan:

a) Cursar, durante el curso académico correspondiente, alguna de las modalidades de enseñanza reglada de formación profesional agraria y agroalimentaria de los ciclos formativos indicados en la correspondiente convocatoria en centros de formación ubicados en la Comunidad de Castilla y León.

b) Realizar las prácticas en empresas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León (módulo de formación en centros de trabajo) durante el curso académico correspondiente, en los ciclos formativos indicados en la correspondiente convocatoria.

Se consideran gastos subvencionables los siguientes:

a) Alojamiento y manutención: Los gastos derivados de la residencia y comida del alumno durante el curso fuera del domicilio familiar.

b) Manutención sin alojamiento (sólo alumnos en externado): Los gastos ocasionados por la comida del alumno fuera de su domicilio.

c) Desplazamiento (sólo alumnos en externado): Los gastos ocasionados por el transporte diario durante el curso y en función de la distancia del domicilio del alumno al centro docente.

d) Material escolar.

e) Material de trabajo para prácticas.

f) Prácticas en empresas: Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención durante los días de estancia en la empresa o explotación agraria donde realicen el módulo de formación en centros de trabajo.

Requisitos:

a) Estar matriculado, por curso completo, en alguna de las modalidades de enseñanza reglada o en el módulo de formación en centros de trabajo (prácticas en empresas), de alguno de los ciclos formativos indicados en la convocatoria.

b) Realizar las prácticas de formación y asistir a las clases de enseñanzas regladas con aprovechamiento del curso, a criterio razonado del equipo directivo del centro donde esté matriculado el alumno.

A estos efectos se considerará falta de asistencia cuando el alumno haya causado baja en el Centro donde esté matriculado antes de finalizar el curso correspondiente, o no haya asistido al menos al 80% de las clases, salvo dispensa legal de escolarización.

c) Los alumnos que estén repitiendo curso no tendrán derecho a ayuda, excepto aquellos alumnos que debido a causas graves, de enfermedad, accidente, etc. del solicitante o de sus padres, hayan tenido que abandonar los estudios durante algún período de tiempo y siempre que cuenten con el informe favorable del Centro en el que se encuentren matriculados.

- Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

- No podrán obtener la condición de beneficiarios, los solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 43
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