Ayudas para el Area de Rehabilitacion Integral (ARI) Arnao-El Ponton 2009-2012. Ayuntamiento de Castrillon.
Código de ayuda:
S15728/12Norma:
Piedrasblancas, 12 de abril de 2012.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Disponer de las bases que han de regir las convocatorias de subvenciones de corporaciones locales en el marco de las ayudas económicas estatales y autonómicas fijadas en Acuerdos de Comisión Bilateral Ministerio de Bienestar social y Vivienda-Principado de Asturias para Áreas de Rehabilitación Integral.Categorías Subvención
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Ayuntamiento de Castrillón (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe subvencionable de las actuaciones no podrá ser superior a un total de 15.000 € (IVA incluido) por unidad de vivienda, desglosando las aportaciones de la siguiente forma:• -33,33% del coste total obra por vivienda subvencionada con el tope de 5.000 euros a cargo del Ministerio de Vivienda.
• -33,33% del coste total de obra por vivienda subvencionada con el tope de 5.000 euros a cargo del Principado de Asturias.
• -33,33% del coste total de obra por vivienda subvencionada con el tope de 5.000 euros a cargo del propietario/ promotor de la actuación propuesta.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
• Los propietarios y usufructuarios de viviendas.• Los inquilinos de viviendas o edificios de viviendas que tengan autorización del propietario para acometer obras en los edificios o viviendas que ocupan como arrendatarios.
• Las comunidades de propietarios de los edificios a rehabilitar.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1) V iviendas:La rehabilitación de viviendas, para adaptarlas a las condiciones exigibles de habitabilidad que se resumen en las siguientes actuaciones:
a) Condiciones mínimas de habitabilidad referidas a la superficie útil, programa, distribución, instalaciones
de agua, saneamiento, electricidad, gas y calefacción, servicios higiénicos, cocina, ventilación iluminación
natural y aireación, todo ello para adaptarse a la normativa vigente.
b) Reducción del consumo energético y mejora de las condiciones acústicas.
c) Adaptación a la normativa de supresión de barreras o mejora ostensible de las condiciones de
accesibilidad.
2) Edificios:
Las rehabilitaciones de edificios, estructurales, funcionales y fachadas.
Las actuaciones tendrán por objeto:
a) Adecuación estructural que garantice la estabilidad y resistencia del edificio.
b) Adecuación funcional que garantice las condiciones respecto a los accesos, estanqueidad, humedad, así
como redes generales de saneamiento, fontanería, electricidad, gas, telecomunicaciones. También aquellas obras necesarias para adaptar el edificio a la normativa de supresión de barreras o en su defecto que
supongan una mejora ostensible de las condiciones de accesibilidad.
c) Rehabilitación de fachadas siempre que previa o simultáneamente se haya alcanzado la adecuación estructural y funcional.
Documentos asociados
Boletín:
04/05/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 102
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 102
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento