Ayudas para el Programa de Apoyo al Capital Humano y la movilidad geográfica de los Recursos Humanos.

Código de ayuda:

S00119/02

Norma:

Orden de 6 de noviembre de 2002. Resolución de 18 de septiembre de 2003. Resolución de 8 de septiembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el programa de ayudas consistentes en:
A.– Formación de doctores en centros de la Red Vasca de Ciencia,Tecnología e Innovación con dos modalidades distintas:
a) Primera.– Personal de los agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
b) Segunda.– Becarios del 2.º año de formación en investigación tecnológica de la Fundación Centros Tecnológicos o modalidades promovidas por entidades públicas de carácter similar.
B.– Realización de tesis doctorales en las empresas.
C.– Incorporación por las empresas, de doctores y titulados universitarios con reconocida especialización tecnológica.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se efectuará en función del tipo de actividad realizada pudiendo llegar al 100% de los gastos subvencionables correspondientes a dichas actividades.

Para el Tipo 2.– Realización de Tesis Doctorales en las Empresas.
La dotación de las ayudas será de 12.140 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

En general:
Las personas físicas o jurídicas que además de los requisitos establecidos, cumplan los que en función del tipo y modalidad de ayuda se estipulan.

Específicamente:
Tipo 1. Modalidad A:
Los titulados universitarios de segundo o tercer ciclo.

Tipo 1. Modalidad B:
Los titulados universitarios de segundo ciclo que hayan disfrutado de la beca de Investigación y Desarrollo Tecnológico otorgada por la Fundación Centros Tecnológicos y se encuentren en el segundo año de disfrute de la misma, así como cursando estudios de tercer ciclo en el momento de la presente convocatoria.

Tipo 2.
Los titulados universitarios de segundo ciclo que vayan a cursar estudios de tercer ciclo conducentes a la obtención del titulo de doctor.

Tipo 3.
Las empresas, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que deseen iniciar un proceso innovador, reforzar una línea innovadora ya existente o impulsar la creación de nuevas actividades innovadoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Tipo 1.– Formación de doctores:
- Modalidad A: En los centros de los agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación en los que predomine la Investigación y Desarrollo (I+D) aplicada de carácter industrial. Titulados de segundo ciclo en relación laboral con dichos Centros o Agentes Tecnológicos.
Incentivar la realización de tesis doctorales o en su caso estancias postdoctorales con duración max. de 6 meses por los titulados universitarios de segundo/tercer ciclo que tengan una relación laboral con los Centros o Agentes Tecnológicos de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI)en los que predomine la I+D aplicada de carácter industrial, con prioridad para los Agentes Tecnológicos que hasta la fecha no tengan suficientes investigadores con el título de doctor en sus equipos.

Los gastos que tendrán el carácter de compensables al objeto de la concesión de la presente ayuda serán todos aquellos gastos que tengan causa directa en la realización estudios de tercer ciclo, desde el inicio de los cursos doctorales hasta la defensa de la tesis doctoral.

Serán considerados como gastos compensables los originados durante el año en que se efectúe la respectiva convocatoria, entre los que cabría considerar, los siguientes:
– Gastos de matricula.
– Gastos de documentación.
– Gastos de asistencias a cursos, seminarios, conferencias, forums, simposiums, reuniones etc. que se lleven a cabo en lugar distinto al del centro universitario en el que se cursan los estudios de doctorado. En el caso de estudios posdoctorales relacionados con el proyecto promovido por el centro.
– Gastos de edición en los que se incurran tanto en la publicación trabajos, derivados de la realización de la tesis, como en la confección de la misma.
– Gastos derivados de la presentación y defensa de la tesis.
– Cualquier otro que se derive directamente de la ejecución o desarrollo de la actividad subvencionada.


Tipo 1.– Formación de doctores:
- Modalidad B: En los Centros Tecnológicos. Becarios de las Becas de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Fundación Centros Tecnológicos o modalidades promovidas por entidades públicas de carácter similar.
La realización de tesis doctorales por los becarios de segundo año que realizan la beca en los Centros.


Tipo 2.– Realización de Tesis Doctorales en las Empresas.
La realización de tesis doctorales en las empresas.
Esta modalidad se podrá renovar durante los ejercicios consecutivos siguientes al de la concesión inicial con un máximo de 3 renovaciones.

El programa consiste en:
– La integración de grupos de investigación universitarios y departamentos de I+D empresariales, a través de un titulado universitario que realiza en la empresa una tesis doctoral dirigida desde la Universidad.
– La empresa, comunica sus necesidades de I+D a un departamento universitario, elaborando entre ambos un programa de investigación a desarrollar conjuntamente. De esta forma, la universidad puede llegar a ofrecer sus conocimientos en el campo objeto del programa a la empresa, así como ésta expone sus necesidades prácticas en dicho campo a aquélla.


Tipo 3.– Ayudas para las empresas que contraten doctores y titulados universitarios.
Apoyar la contratación por las empresas, que reúnan los requisitos exigidos de titulados universitarios por un período mínimo de un año con objeto de potenciar el paso a la industria de tecnólogos y científicos formados como medio más eficaz de transferir a las empresas de la Comunidad Autónoma la tecnología desarrollada por la oferta tecnológica.


Los proyectos serán considerados subvencionables cuando se encuadren en las Areas y Programas Clave definidos en Plan de Ciencia Tecnología e Innovación 2001-2004 o en el que sustituya el mismo. El texto referido del Plan se encuentra disponible en la pagina: www.euskadi.net/pcti.

Requisitos:

- Los titulados universitarios deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Ser ciudadano de la Unión Europea o de un País Asociado a la Unión Europea.
b) Poseer la titulación universitaria que cada tipo de ayuda requiera.
- A la fecha de presentación de la solicitud las titulaciones exigidas por la normativa no deberán tener una antigüedad superior a 8 años para los Titulados Universitarios de 3.º ciclo y 6 años para el resto de titulaciones, salvo los solicitantes del anexo I.

Específicamente:
Tipo 1. Modalidad A:
– Que se encuentren en relación de carácter laboral con los Centros o Agentes Tecnológicos.
– Que el objeto de la mencionada relación laboral conlleve la participación del futuro beneficiario en las tareas de investigación llevadas a cabo por el Centro o Agente Tecnológico con preferencia de proyectos relacionados con la especialización o Investigación Estratégica del centro.

Tipo 2.
a) Ser ciudadano de la Unión Europea o algún País Asociado a la UE.
b) Estar en posesión, de acuerdo del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto por una Facultad o Escuela Técnica Superior expedido en la UE.
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán estar homologados de conformidad con las normas que resulten de aplicación o en vías de estarlo en el momento de presentar la solicitud, para lo que se deberá aportar la documentación que así lo acredite.
c) Poseer un expediente académico adecuado al proyecto de investigación.

Tipo 3.
Las empresas solicitantes deberán contratar al doctor o titulado universitario incluido en la solicitud de la ayuda, así como asignarle a un departamento de actividades innovadoras, departamento de I+D en el caso de que se trate de doctores.
Para otras graduaciones universitarias en caso de que dicho departamento no exista deberán dedicarlo a tareas que favorezcan la innovación en la empresa.
Las empresas que contraten titulados universitarios con titulo de Doctor deberán tener una unidad de I+D e innovación propia.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2002
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 219
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/09/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 187
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 26/09/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 188
Documento: Convocatoria 2003 Descargar Documento
Boletín: 28/09/2004
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 186
Documento: Convocatoria 2004 Descargar Documento