Ayudas para el año 2007, a las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores, reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaria de Estado de Turismo y Comercio.

Código de ayuda:

S28982/07

Norma:

RESOLUCION de 15 de marzo de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/04/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente disposición se aprueba para el año 2007 la convocatoria de concesión, en régimen de
concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio
en virtud de lo establecido en la Orden ITC/3690/2005, de 22 de noviembre, modificada por Orden ITC/577/2007, de 6 de marzo.

Las subvenciones destinadas a las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores persiguen contribuir al desarrollo, concentración y consolidación de las mismas, de manera que puedan ejercer de manera eficaz, funciones tales como las de interlocución ante la Administración General del Estado, capacidad de representación, defensa de los intereses comerciales sectoriales en el ámbito internacional,
canalización de la información sobre normativa comercial entre sus asociados así como facilitar el acceso de sus miembros a los mercados exteriores.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, y Comercio ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Solamente podrán optar a esta convocatoria de ayudas, las Asociaciones o Federaciones españolas de Exportadores que hayan sido reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaria de Estado de Turismo y Comercio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los gastos de funcionamiento susceptibles de financiación podrán ser los siguientes:

Gastos de personal: Sueldos, salarios y otros gastos sociales.
Seguridad Social a cargo de la entidad.
Gastos de formación del personal de la Asociación.
Alquiler de oficinas y su mantenimiento.
Material de oficina.
Primas de seguros Gastos derivados del tratamiento y transmisión de información.
Gastos de suministros (energía, agua…)
Gastos por contratación de servicios profesionales: asesoría contable, jurídica, laboral o financiera y gastos notariales y registrales.
Suscripciones a publicaciones y revistas relacionadas con la actividad de la Asociación.
Gastos de representación (relaciones públicas, excluyendo publicidad y propaganda).
Gastos financieros.
Gastos de locomoción y de viajes (siempre que no estén relacionados con actividades de promoción).
Contribución a cuotas de organismos nacionales e internacionales relacionados con el sector.

b) Por otro lado también podrán ser subvencionados los gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia jurídica y apoyo ante procedimientos de solución de diferencias en foros multilaterales, en la aplicación de medidas de defensa comercial, tanto comunitarias como adoptadas por terceros países, o para resolver los obstáculos comerciales, ya sea en el mercado intracomunitario o de terceros países.

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 73
Documento: Convocatoria Descargar Documento