Ayudas, para el año 2017, para el desarrollo de acciones y servicios de orientación para el empleo, en colaboración con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Código de ayuda:
S39891/17Norma:
RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2017.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de septiembre de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Son objeto de esta convocatoria las ayudas que Lanbide-Servicio Vasco de Empleo podrá otorgar, en el ejercicio de 2017, para el desarrollo de acciones y servicios de orientación para el empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a las entidades que reúnan los requisitos exigidos para colaborar con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el ejercicio de esta actividad.Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones para el desarrollo de las acciones y servicios de orientación para el empleo será de 34 euros por hora, destinados a la cobertura de los gastos corrientes directos e indirectos afectos a esta actividad, teniendo en cuenta los límites establecidos a continuación para el conjunto de todas las entidades que sean subvencionadas a través de esta convocatoria:Acciones individuales: tiempo máximo de atención por persona/día: 1.5 horas.
Acciones grupales: tiempo máximo duración/día: 4 horas.
Tiempo máximo de atención por persona/año: 18 horas.
La subvención final estará condicionada al cumplimiento de los porcentajes de inserción (contrato de trabajo o inicio de actividad como autónomo) establecidos en el anexo II de la convocatoria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
1.– Podrá llevar a cabo las acciones y servicios de orientación para el empleo objeto de esta convocatoria, como entidad colaboradora de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y beneficiarse de las subvenciones previstas para ello, cualquier persona física o jurídica, pública o privada, siempre que cuente con la experiencia y los medios materiales y humanos necesarios para la adecuada prestación de las acciones y servicios de orientación para el empleo, en los términos previstos en los párrafos 3 y 4 de este artículo.2.– Asimismo podrán llevar a cabo las acciones y servicios de orientación para el empleo y beneficiarse de las subvenciones previstas en esta convocatoria aquellas asociaciones o agrupaciones de empresas o entidades, a las que hace referencia el párrafo 1 de este artículo, que tengan personalidad jurídica propia en el momento de la solicitud, con las siguientes consideraciones:
a) Los miembros asociados a la misma que se comprometen a efectuar la totalidad o parte de las actividades objeto de la subvención en nombre y cuenta del primero, deberán ser indicados en la solicitud y tendrán la condición de beneficiarios.
b) Todos y cada uno de los miembros que se comprometen a efectuar la totalidad o parte de las actividades objeto de la subvención en nombre de la asociaciones o agrupaciones a las que pertenecen, deberán contar con la experiencia y los medios materiales y humanos necesarios para la adecuada prestación de las acciones y servicios de orientación para el empleo, en los términos previstos en los párrafos 3 y 4 de este artículo.
3.– Las entidades deberán contar con experiencia previa para acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria, mediante la ejecución directa y no subcontratada de acciones de orientación para el empleo a personas desempleadas, habiendo desarrollado alguna de las siguientes actividades:
– Orientación para el empleo y motivación hacia el empleo y/o autoempleo.
– Procesos de acompañamiento a la inserción laboral.
Documentos asociados
Boletín:
31/07/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 144
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 144
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento