Ayudas para el apoyo a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de informacion y promocion de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos en la Comunidad Autonoma de Extremadura.
Código de ayuda:
S15819/12Norma:
DECRETO 66/2012, de 27 de abril. ORDEN de 30 de julio de 2012. ORDEN de 3 de julio de 2013. ORDEN de 24 de junio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/07/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer la convocatoria para el año 2015, de las ayudas destinadas para el apoyo a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de información y promoción de productos, en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos, establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Calidad
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda será el 70 % de los gastos admisibles establecidos en el apartado 1 del artículo 4 de esta orden, por acción. La ayuda total otorgada no podrá superar la cuantía máxima de 70.000 euros por beneficiario y convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
Detalle beneficiarios:
Las agrupaciones de productores con domicilio social en Extremadura, definidas en el artículo 2 del Decreto 66/2012, de 27 de abril, que cumplan los requisitos establecidos en el mismo, inscritas en alguno de los programas de calidad contemplados en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER 2007-2013, relacionados en el artículo 3.1 del Decreto y cualesquiera otros que pudieran adquirir esta condición entre la entrada en vigor del citado Decreto y la publicación de la presente Orden de convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Acciones promocionales y publicitarias genéricas, así como las acciones de información y divulgación de conocimientos científicos y técnicos sobre esos productos.b) Ferias y exposiciones.
c) Estudios técnicos y de mercado, de los productos acogidos a programas de calidad diferenciada, facturados por una empresa prestataria de estos servicios.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiarios en quienes concurra alguna de las circunstancias del artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aquellos interesados que no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes o tengan cualquier deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.Documentos asociados
Boletín:
04/05/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
31/07/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 147
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 147
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
10/07/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
01/07/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 125
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 125
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento