Ayudas para el apoyo de acciones de Formación Continua en las empresas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Código de ayuda:
S41619/05Norma:
ORDEN 3055/2005, de 15 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/08/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación del personal técnico necesario para la realización de acciones de asesoramiento y asistencia a las empresas de la Comunidad de Madrid en la detección de necesidades y el desarrollo de proyectos que permitan la mejora de la formación de sus trabajadores y trabajadoras.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Formación
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El Servicio Regional de Empleo subvencionará las actuaciones de las entidades beneficiarias de acuerdo con los siguientes conceptos y cuantías.Las retribuciones totales y la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos del personal técnico necesario para la ejecución de las acciones, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias del convenio colectivo aplicable y en la cuantía que se determine en la correspondiente convocatoria de ayudas.
Podrán ser subvencionados hasta un total de dos técnicos a jornada completa.
La cuantía máxima de las subvenciones a conceder a las entidades beneficiarias será de 54.779,12 euros y se actualizará cada año natural. Estas cuantías se refieren a la prestación de servicios a jornada completa.
El pago se condicionará al cumplimiento de los siguientes objetivos mínimos considerados para dos técnicos:
— 50 visitas a empresas de hasta 9 trabajadores y/o trabajadoras.
— 40 visitas a empresas de 10 hasta 49 trabajadores y/o trabajadoras.
— 24 visitas a empresas de 50 hasta 250 trabajadores y/o trabajadoras.
— 10 jornadas o reuniones informativas.
— Con independencia del número de técnicos subvencionados, al menos, una agrupación de empresas en la que la entidad beneficiaria asuma las funciones de entidad organizadora o acredite su mediación con una tercera entidad que asuma dichas funciones.
En caso de no cumplirse estos objetivos por cada 10 visitas o por cada jornada no justificada, la subvención se reducirá en un 2,5 por 100, y en caso de no cumplirse el objetivo de agrupación de empresas la subvención se reducirá en un 50 por 100.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
— Las organizaciones sindicales más representativas que constituyan una organización territorial de la Comunidad de Madrid.— Las organizaciones empresariales más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, así como las territoriales y sectoriales integradas en las mismas.
Todas ellas en los términos establecidos en la Ley 7/1995, de participación de los agentes sociales en la entidades públicas de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Dichas entidades deberán tener su domicilio y desarrollar su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y contar con experiencia suficiente y acreditada, al menos, de tres años, en la gestión de formación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Asesoramiento u otros procedimientos que faciliten la detección de necesidades de formación y la dinamización de iniciativas que permitan la mejora de la formación, teniendo en cuenta la perspectiva de género.b) Información y difusión sobre las iniciativas de formación continua en las empresas.
c) Asesoramiento sobre la agrupación voluntaria de empresas para la organización de la formación.
d) Promoción de los procedimientos necesarios para facilitar la utilización de las nuevas tecnologías en el marco de la formación.
e) Información sobre acceso y uso de bases de datos que proporcionen información a las empresas sobre recursos formativos sectoriales y territoriales, con especificación de centros y entidades proveedoras de formación continua y sus correspondientes especialidades formativas.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 178
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 178
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
28/07/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 178
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 178
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