Ayudas para el control del rendimiento lechero.- Convocatoria 2024.

Código de ayuda:

S09855/24

Norma:

Orden 1071/2024, de 11 de abril. Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de junio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente orden es convocar para el año 2024 las ayudas reguladas por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria.

Con la finalidad de dar apoyo económico al control lechero oficial y con ello facilitar la implantación de este control del rendimiento lechero en nuestra región, como instrumento adecuado para la valoración genética de reproductores de razas puras se considera oportuno la aprobación de esta ayuda con destino a las entidades de control lechero y asociaciones u organizaciones de criadores.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda será hasta 20 euros por lactación oficial en la especie bovina y hasta 10 euros por lactación oficial en la especie ovina y caprina.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Las ayudas se concederán a favor de las entidades de control lechero o, en su caso, de las asociaciones u organizaciones de criadores que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser una entidad de control lechero según lo establecido en el artículo 6 del RD 663/2023, de 18 de julio, autorizada por la Comunidad de Madrid o ser una asociación u organización de las definidas en el artículo 2.a) del mismo RD y que realice actividades incluidas en la definición de control de rendimiento lechero en el artículo 2.d) del citado RD sobre animales ubicados en la Comunidad de Madrid.

b) Cumplir los requisitos exigidos por los artículos 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Tener la condición de pyme de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.52) y anexo I del Reglamento (UE) número 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

d) No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con el artículo 2.59) del Reglamento (UE) número 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

e) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 172
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/05/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/05/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento