Ayudas para el control oficial lechero en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2011.
Código de ayuda:
S15491/06Norma:
ORDEN de 5 de mayo de 2006. ORDEN de 10 de julio de 2008. RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio 2011 las ayudas destinadas al control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las especies bovina, ovina y caprina, para las lactaciones finalizadas y válidas en las explotaciones de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Real Decreto 368/2005 de 8 de abril - Modificación.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención no podrá superar la cantidad de 10 euros por cada lactación finalizada y válida de vacas, y de 5 euros por cada lactación finalizada y válida de ovejas y cabras.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de productores de leche, con sede en la Comunidad Valenciana, con asociados titulares de explotaciones que cumplan con la definición de pyme, según se define en el Anexo I del Reglamento (CE) nº 70/2001, cuyos animales vayan a estar sometidos al control oficial de rendimiento lechero.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las actividades del control lechero oficial realizadas en explotaciones lecheras ubicadas en la Comunidad Valenciana correspondientes a lactaciones finalizadas y válidas.Tendrán la consideración de gastos subvencionables de la actividad auxiliada los siguientes:
1. La realización del control lechero, con resultado de lactaciones finalizadas y válidas, de todas las vacas de la explotación que se encuentren en producción, inscritas en el correspondiente Libro Genealógico, hijas de sementales en proceso de valoración, cuyo rendimiento lechero haya sido establecido a través de cualquiera de los métodos reconocidos como válidos por el ICAR y que se pormenorizan en el Anexo II del RD 368/2005, de 8 de abril.
2. La realización del control lechero, con resultado de lactaciones finalizadas y válidas, de las ovejas y cabras, inscritas en el correspondiente Libro Genealógico, hijas de sementales en proceso de valoración, cuyo rendimiento lechero haya sido establecido a través de cualquiera de los métodos reconocidos como válidos por el ICAR y que se pormenorizan, respectivamente, en los Anexos III y IV del RD 368/2005, de 8 de abril.
3. Las lactaciones finalizadas y válidas deberán estarán comprendidas entre el periodo del 1 de noviembre del año anterior a la solicitud y el 30 de octubre del año en curso.
Documentos asociados
Boletín:
23/05/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5264
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5264
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Boletín:
28/07/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5815
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
25/03/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6488
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6488
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento