Ayudas para el desarrollo de las acciones de promocion de actividades destinadas a la mejora de la seguridad industrial, para el ejercicio presupuestario 2008.
Código de ayuda:
S05137/08Norma:
ORDEN de 28 de diciembre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/02/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de ayudas para el desarrollo de acciones de promoción de actividadesdestinadas a la mejora de la seguridad industrial, desarrolladas en la Comunitat Valenciana.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Consejeria de Industria, Comercio e Innovación (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Para las empresas citadas en el apartado a) del artículo 3 (empresas cuya actividad sea la industria transformadora): la subvención máxima posible será de hasta el 50 por ciento del coste total subvencionable con un máximo de 21.000 euros por actuación.b) Para las entidades referidas en el apartado b) del artículo 3 (asociaciones empresariales, colegios profesionales, asociaciones profesionales, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro: la
subvención máxima posible será de hasta el 100 por ciento del coste total subvencionable, con un máximo de 36.060 euros por actuación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Para las ayudas previstas en el apartado a) del punto 1 del artículo 2, las empresas cuya actividad sea la industria transformadora. Se exceptúan las empresas de los sectores enumerados en el artículo 1 delReglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.
b) Para las ayudas previstas en el apartado b) del punto 1 del artículo 2, las asociaciones empresariales, los colegios profesionales, asociaciones profesionales, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas se destinarán a la financiación de alguna de las actuaciones siguientes:a) Realización de estudios, investigaciones, auditorías técnicas y proyectos adaptativos encaminados al incremento de las condiciones de seguridad industrial de productos, procesos e instalaciones industriales de industrias transformadoras sobre las exigidas reglamentariamente, así como estudios relativos a la adaptación voluntaria de aquellas instalaciones y/o procesos no sometidos preceptivamente a las mismas.
b) Elaboración de estudios y auditorías globales con carácter horizontal o sectorial en aspectos relativos a la seguridad industrial.
Documentos asociados
Boletín:
14/01/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5679
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5679
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento