Ayudas para el desarrollo de zonas dependientes de la pesca de Cataluña, dentro del Fondo Europeo de la Pesca, relativas al periodo de programacion 2007-2013, Convocatoria 2011.- Modificación.
Código de ayuda:
S45264/10Norma:
AAR/385/2010, de 12 de julio. ORDEN AAM/321/2011, de 16 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/08/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Dar apoyo al desarrollo sostenible y a la mejora de la calidad de vida en zonas de pesca subvencionables en el ámbito de una estrategia global dirigida a acompañar los objetivos de la política pesquera común teniendo presente, en particular, los efectos socioeconómicos.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Dirección General de Pesca y Acción Marítima (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Medida 1 (revalorización de productos).- Personas físicas y jurídicas microempresas o pequeñas y medianas empresas (pymes) con ánimo de lucro.
- Cofradías y asociaciones del sector pesquero y de la acuicultura.
- Asociaciones sin ánimo de lucro participadas por entidades locales.
- Asociaciones sin ánimo de lucro que tengan por objetivo promocionar productos de calidad.
b) Medida 2 (diversificación económica).
- Personas físicas y jurídicas que sean microempresas o pymes con ánimo de lucro.
- Ayuntamientos, entidades municipales y consejos comarcales.
- Cofradías y asociaciones del sector pesquero y de la acuicultura.
- Asociaciones que tengan por objetivo promocionar productos de calidad.
- Asociaciones sin ánimo de lucro participadas por entidades locales.
c) Medida 3 (mejora de la calidad ambiental).
- Personas físicas y jurídicas que sean microempresas o pymes con ánimo de lucro.
- Ayuntamientos, entidades municipales y consejos comarcales.
- Cofradías y asociaciones del sector pesquero y de la acuicultura.
- Asociaciones sin ánimo de lucro participadas por entidades locales.
- Asociaciones sin ánimo de lucro que tengan por objetivo promocionar productos de calidad.
- Asociaciones sin entidad de lucro que tengan por objetivo proteger el medio marino, costero o lacunar.
d) Medida 4 (cooperación nacional y transnacional).
- Ayuntamientos, entidades municipales y consejos comarcales.
- Asociaciones sin ánimo de lucro participadas por entidades locales.
- Cofradías y asociaciones del sector pesquero y de la acuicultura.
- Asociaciones sin ánimo de lucro participadas por entidades locales.
- Asociaciones sin ánimo de lucro que tengan por objetivo promocionar productos de calidad.
- Asociaciones sin ánimo de lucro que tengan por objetivo proteger el medio marino, costero o lacunar.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Revalorización de productos.1.1. Proyectos de mejora de la explotación comercial de los productos del mar y de la acuicultura con el fin de mejorar la renta del sector pesquero y acuícola y las redes comerciales y productivas de estos productos.
1.2. Proyectos de promoción de la instalación de pequeñas pesquerías y de las actividades relacionadas con el sector turístico en pequeñas y medias explotaciones, con el objetivo de mantener el nivel económico de las zonas relacionadas con el sector pesquero y acuícola.
2. Diversificación económica.
2.1. Proyectos de reestructuración y reorientación de las actividades económicas, en particular a través de la promoción de actividades de turismo ecológico, siempre que estas acciones no den lugar a un aumento del esfuerzo pesquero ni a un impacto ambiental no sostenible.
2.2. Proyectos que contribuyan a la diversificación de actividades a través de la promoción de la pluriactividad de los trabajadores del sector relacionado con las actividades pesqueras, mediante la creación de puestos de trabajo adicionales o de sustitución fuera del sector pesquero y que contribuyan a mejorar la rentabilidad económica de este sector.
3. Mejora de la calidad ambiental.
3.1. Proyectos que favorezcan las actividades que tengan por objeto proteger el medio marino, lacunar y costero, con el fin de mantener el atractivo para las generaciones futuras, regenerar y desarrollar los pueblos costeros o de las lagunas y proteger y capitalizar el patrimonio cultural y arquitectónico de una manera sostenible e integrada con el medio ambiente.
3.2. Proyectos de establecimiento de medidas que contribuyan a la recuperación del potencial de producción del sector pesquero y acuícola que haya resultado afectado por catástrofes naturales o industriales que haya puesto en peligro el tejido productivo y comercial de este sector.
4. Cooperación nacional y transnacional.
4.1. Proyectos de cooperación interregional y transnacional entre los interesados de las zonas pesqueras y costeras, principalmente mediante la instalación de redes de colaboración y la difusión de buenas prácticas de actuación profesional, con la finalidad de favorecer la sinergia de esfuerzos destinados al mantenimiento y a la promoción sostenible de las actividades económicas relacionadas con el sector pesquero y acuícola de estas zonas.
4.2. Proyectos que favorezcan la adquisición de las competencias y las habilidades que hagan falta y que estén relacionadas con el ámbito de la organización y de la presentación con respecto a la preparación y a la aplicación de la estrategia de desarrollo local sostenible en zonas pesqueras y/o acuícolas.
Requisitos:
a) Que lleven a cabo inversiones en el ámbito territorial determinado.b) Que lleven a cabo actuaciones o proyectos dirigidos al objeto de la subvención.
c) Que se comprometan a mantener la actividad subvencionada durante un periodo mínimo de cinco años desde la fecha de certificación de las obras por el grupo de acción local.
d) Que se comprometan a hacer publicidad de los organismos financiadores mediante una placa que les tiene que facilitar el grupo de acción local. Tienen que mantener esta placa, de manera visible, durante un periodo mínimo de cinco años desde la fecha de certificación de las obras para el grupo de acción local.
e) Que se comprometan a llevar la contabilidad del negocio subvencionado en función de la normativa vigente.
f) En el caso de personas jurídicas, asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro, tiene que figurar en el objeto social de sus estatutos el objeto por el que se pide la ayuda.
g) En el caso de personas jurídicas, que la empresa cumpla el principio de independencia.
Documentos asociados
Boletín:
16/07/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5672
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5672
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín:
25/11/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6013
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6013
Documento: Modificación Descargar Documento