Ayudas para el fomento de actuaciones para el desarrollo del medio rural y pesquero. Y modificaciones.
Código de ayuda:
S07155/06Norma:
Orden ARP/82/2006, de 6 de marzo. Orden ARP/410/2006, de 7 de agosto. ARP/518/2006, de 6 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
El fomento de actuaciones de desarrollo del medio rural y pesquero, en especial las que se refieren a la proyección, la difusión, la promoción de productos, y las tareas de asesoramiento al sector en colaboracióncon el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades que realicen actuaciones de difusión y/o promoción de temas agrarios, agroalimentarios y pesqueros, que realicen tareas de asesoramiento en colaboración con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.Siempre y cuando no estén incluidas en alguno de los supuestos de exclusión que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para adquirir la condición de beneficiario.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Las ayudas para la realización de tareas de promoción, difusión y proyección exterior de productos que consistan en:Jornadas divulgativas, congresos y seminarios.
Campañas de difusión y/o de promoción.
b) Las ayudas para sufragar parte de los gastos para la realización de ferias de carácter eminentemente agrario, ganadero, agroalimentario y pesquero, con el fin de financiar las ferias locales, comarcales, nacionales o internacionales que promocionen productos del territorio.
c) Ayudas para sufragar parte de los gastos corrientes de las asociaciones, las fundaciones, las empresas y las entidades que realicen tareas de promoción y difusión de temas agrarios, agroalimentarios y pesqueros, y que realicen tareas de asesoramiento al sector en colaboración con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Las actuaciones objeto de la ayuda deben realizarse durante el año natural y deben justificarse antes del 31 de diciembre del año de la convocatoria.
Requisitos:
Las actuaciones objeto de la ayuda deben realizarse durante el año natural y se podrán justificar durante el primer trimestre del año siguiente al de la convocatoria.Documentos asociados
Boletín:
10/03/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4590
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4590
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín:
16/08/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4698
Documento: 2ª Convocatoria 2006 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4698
Documento: 2ª Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín:
10/11/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4758
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4758
Documento: Modificación Bases Descargar Documento