Ayudas para el fomento de la artesanía alimentaria en Cataluña, las denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas, las denominaciones geográficas, las especialidades tradicionales garantizadas de Cataluña, la producción integrada y la producción agraria ecológica y de la marca de calidad alimentaria. Y Modificaciones.

Código de ayuda:

S11919/06

Norma:

Orden ARP/179/2006, de 11 de abril. Orden ARP/512/2006, de 27 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la artesanía alimentaria en Cataluña, las denominaciones de origen protegidas (DOP), las indicaciones geográficas protegidas (IGP), las denominaciones geográficas (DG) y las especialidades tradicionales garantizadas (ETG) de Cataluña, la producción integrada y la producción agraria ecológica y de la marca de calidad alimentaria (Marca Q), que se publican en el anexo de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se incrementa en 550.000 euros la cuantía de las ayudas que establece el artículo 2.3 de la Orden ARP/179/2006, de 11 de abril, que inicialmente era de 300.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Ayuda para el fomento de la artesanía alimentaria.
Las entidades asociativas de artesanos sin ánimo de lucro, que realicen las actividades que describe el Decreto 163/1986, de 26 de mayo, y que estén inscritas en el registro correspondiente de la Generalidad de Cataluña.

Ayuda para el fomento de DOP, IGP, DG y ETG.
1. Los consejos reguladores de las DOP, las IGP y las entidades asociativas de productores y/o elaboradores, sin ánimo de lucro, de productos con DOP y IGP inscritos en el registro comunitario o que tengan el reconocimiento nacional transitorio.
2. Las entidades asociativas de productores y/o elaboradores, sin ánimo de lucro, de productos con DG y ETG inscritas en el registro comunitario o que tengan el reconocimiento nacional transitorio.
3. Las entidades asociativas de productores y/o elaboradores, sin ánimo de lucro, que tengan entre otras finalidades la elaboración de proyectos de creación y de reconocimiento de nuevas DOP, IGP, DG y ETG.
En este caso, los interesados sólo podrán pedir ayuda para las actuaciones previstas en el punto f) y/o g) del
apartado 7 de este anexo.

Ayuda para el fomento de la producción integrada y de la producción agraria ecológica.
Los consejos de la producción integrada y de la producción agraria ecológica respectivos y las entidades asociativas de productores y/o elaboradores, sin ánimo de lucro, de alimentos producidos con técnicas de producción integrada o de producción agraria ecológica, siempre y cuando el 100% de sus asociados estén inscritos en el registro correspondiente del consejo respectivo, de acuerdo con la normativa vigente.

Ayuda para el fomento de la Marca Q.
1. De las actuaciones previstas en los puntos a), b) y c) del apartado 15 de este anexo, podrán ser beneficiarias las empresas alimentarias inscritas en el Registro de marcas de calidad alimentaria gestionado por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.
2. De las actuaciones previstas en los puntos d) y e) del apartado 15 de este anexo, podrán ser beneficiarias las entidades asociativas de productores, sin ánimo de lucro, de productos con Marca Q inscritas en el registro correspondiente de la Generalidad de Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayuda para el fomento de la artesanía alimentaria.
a) Las actuaciones destinadas al fomento de los productos artesanales alimentarios.
b) La realización de estudios de mercado en materia de productos artesanales alimentarios.

Ayuda para el fomento de DOP, IGP, DG y ETG.
a) Las inversiones para la adquisición o el alquiler, la dotación y el funcionamiento de la sede social de los beneficiarios.
b) La implantación y certificación del cumplimiento de la norma EN-45011.
c) Los programas de control y certificación de la calidad del producto.
d) La realización de estudios de caracterización de los productos.
e) La mejora y el fomento de la comercialización de estos productos, en los conceptos siguientes:
Ferias: estands, azafatas y productos de degustación.
Material promocional: carteles, etiquetas, calendarios o pósters, entre otros.
Publicaciones.
Anuncios publicitarios a prensa escrita, TV y radio.
Campañas publicitarias.
f) La realización de estudios de mercado.
g) Los estudios de proyectos de creación de nuevas DOP, IGP, DG y ETG.

Ayuda para el fomento de la producción integrada y de la producción agraria ecológica.
a) Las inversiones para la adquisición o el alquiler, la dotación y el funcionamiento de la sede social.
b) La implantación y la certificación del cumplimiento de la norma EN 45011.
c) Los programas de control y certificación de la calidad del producto.
d) La mejora y el fomento de la comercialización de estos productos, en los conceptos siguientes:
Ferias: estands, azafatas y productos de degustación.
Material promocional: carteles, etiquetas, calendarios o pósters, entre otros.
Publicaciones.
Anuncios publicitarios a prensa escrita, TV y radio.
Campañas publicitarias.
e) La realización de estudios de mercado en materia de producción integrada y de producción agraria ecológica.

Ayuda para el fomento de la Marca Q.
a) La implantación y la mejora de los sistemas de calidad ISO 9000 y la certificación de su cumplimiento.
b) Los programas de control de la calidad del producto.
c) La mejora de la imagen, la presentación y la identificación del producto, que serán subvencionables exclusivamente en los conceptos siguientes:
Mejora de la imagen: diseño de material divulgativo con especial referencia a la Marca Q.
Presentación: diseño de material de presentación del producto, con especial referencia a la Marca Q.
Identificación del producto: compra de precintos/etiquetas de canal y pieza, y diseño de etiquetas con la referencia de la Marca Q.
d) Mejora y fomento de la comercialización de estos productos, en los conceptos siguientes:
Ferias: estands, azafatas y productos de degustación.
Material promocional: carteles, etiquetas, calendarios o pósters, entre otros.
Publicaciones.
Anuncios publicitarios a prensa escrita, TV y radio.
Campañas publicitarias.
e) La realización de estudios de mercado.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4616
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 07/07/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4671
Documento: Incremento de la cuantía de las ayudas Descargar Documento
Boletín: 06/11/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4754
Documento: 2º Incremento de la cuantía de las ayudas Descargar Documento