Ayudas para el fomento de la certificación de bienestar animal en las explotaciones bovinas, para el año 2025.

Código de ayuda:

S03082/25

Norma:

Resolución de 11 de febrero de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Se aprueba, mediante el procedimiento anticipado de gasto, la convocatoria correspondiente al año 2025, de las ayudas destinadas al fomento de la certificación de bienestar animal en las explotaciones bovinas, de acuerdo con lo previsto en la Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2023-2027, publicada en el BOIB núm. 43, de 6 de abril de 2023.

2. Las ayudas objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad dar apoyo a las explotaciones ganaderas bovinas con certificación de bienestar animal para compensar los gastos derivados del manejo y las adaptaciones realizadas en sus explotaciones con el fin de mejorar los estándares de bienestar animal que determina la normativa vigente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 del Reglamento 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y de acuerdo con el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España (PEPAC) para la ayuda de la Unión que financia el FEAGA y el FEADER.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fogaiba (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para esta convocatoria se destina un importe máximo de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €) con cargo a los presupuestos del FOGAIBA del año 2026, cuantía que podrá incrementarse con créditos que puedan destinarse a esta finalidad.

2. Estas subvenciones se financiarán en un 100,00 % a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad jurídica.

Requisitos:

a) Sean titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro autonómico de explotaciones agrícolas (RAE).

b. Que sean titulares de las explotaciones ganaderas inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas de las Illes Balears (REGA) y en el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN).

c. La explotación donde se ubiquen los animales cuente con un certificado de bienestar animal homologado y vigente en la fecha de la solicitud de ayuda.

d. Los animales para los cuales solicitan la ayuda, al menos, constituyan un mínimo de diez unidades de ganado mayor (UGM).

Documentos asociados

Boletín: 13/02/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 20
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento