Ayudas para el fomento de la comercialización y promoción de los productos de la pesca.
Código de ayuda:
S33391/19Plazo de Solicitud:
Consultar plazos artículo sexto.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se aprueban las convocatorias de ayudas, para los años 2019-2020, para el fomento de la comercialización y promoción de los productos de la pesca de acuerdo con lo previsto en la Orden del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, de 23 de mayo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del programa del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Comercio
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba) (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Operadores del sector pesquero de las Illes Balears que comercialicen productos pesqueros y acuícolas.b) Administraciones públicas que operen en las Illes Balears.
c) Entidades sin ánimo de lucro, representativas del sector extractivo y comercial pesquero y de la acuicultura de las Illes Balears, impulsoras de programas sectoriales impulsores de su competitividad, formación, sostenibilidad, promoción, seguridad alimenticia e innovación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Pueden subvencionarse los gastos realizados y efectivamente pagados por el beneficiario, de la forma prevista en el apartado undécimo de esta resolución, derivados de los siguientes conceptos:1.1. Encontrar nuevos mercados y mejorar las condiciones para la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, en particular:
Especies con potencial de comercialización.
Capturas no deseadas desembarcadas de poblaciones comerciales, de conformidad con medidas técnicas, de acuerdo con el artículo 15 del Reglamento 1380/2013 y el artículo 8.2.b del Reglamento 1379/2013.
Productos de la pesca y la acuicultura obtenidos con métodos que tengan un bajo impacto en el medio ambiente.
Otros proyectos que buscan nuevos mercados y mejoras en las condiciones para la comercialización y que no estén incluidos en los puntos anteriores.
A través de:
- La organización y la participación en ferias, congresos, acontecimientos, seminarios y exposiciones y alquileres de espacios informativos en estos.
- La creación de lemas o marchamos.
- La realización de estudios o prospecciones de mercado para la apertura de nuevos mercados internacionales.
- La promoción de productos pesqueros que tengan alteraciones coyunturales de mercado o las capturas no deseadas desembarcadas.
1.2. Fomentar la calidad y el valor añadido y facilitar:
La solicitud de registro de un producto determinado y la adaptación de los operadores de que se trate en los requisitos de cumplimiento y certificación correspondientes según el Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el régimen de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.
La certificación y la promoción de los productos de la pesca y la acuicultura sostenibles, incluidos los productos de la pesca costera artesanal y de métodos de transformación respetuosos con el medio ambiente.
La comercialización directa de los productos de la pesca por parte de los pescadores dedicados a la pesca costera artesanal o por parte de pescadores a pie.
La presentación y el envasado de productos.
1.3. Contribuir a la transparencia de la producción y de los mercados y la realización de estudios de mercado y sobre la dependencia de las importaciones.
1.4. Contribuir a la trazabilidad de los productos de la pesca o la acuicultura y, si procede, a la elaboración de una etiqueta ecológica de ámbito de la Unión para los productos de la pesca y la acuicultura, según lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1379/2013, de 11 de diciembre.
1.5. Suscribir contratos tipos con las pymes, compatibles con la normativa comunitaria.
1.6. Realizar campañas regionales, de comunicación y de promoción para sensibilizar al público respecto de los productos de la pesca y la acuicultura sostenibles. No pueden tener por objeto marcas comerciales.
Documentos asociados
Boletín:
23/05/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 69
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 69
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento