Ayudas para el fomento de la contratación de profesionales de alta cualificación para la realización de actividades de I+D+i y transferencia en las empresas y organismos de investigación en Galicia (Programa Talento Sénior).

Código de ayuda:

S37537/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2019. RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de agosto de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas del Programa Talento Sénior de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las empresas y organismos de investigación públicos o privados no universitarios en Galicia, destinadas al fomento de la contratación durante un período mínimo de 3 años de personal de alta cualificación para la realización de actividades de I+D+i alineadas con las prioridades establecidas en la RIS3 para Galicia. Este programa tiene entre sus objetivos la atracción y retorno de investigadores doctores o profesionales de alta cualificación con más de 5 años de experiencia profesional para desarrollar su carrera profesional en empresas y centros de investigación, así como estimular la demanda en el sector público y privado de profesionales de alta cualificación para acometer proyectos de I+D+i.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Innovación (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda en concepto de incentivo que percibirán las entidades beneficiarias variará de entre el 40 % hasta el 60 % a la contratación en función de la retribución bruta del personal de alta cualificación por cada contrato indefinido o temporal de duración igual ou superior de 3 anos. Cada entidad podrá solicitar la ayuda para un máximo de 2 contratos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas, de cualquier tamaño, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia.

b) Los organismos de investigación públicos o privados no universitarios gallegos o con centro de trabajo en Galicia, teniendo en cuenta que quedan obligados a destinar la ayuda recibida a usos relacionados con actividades no económicas y relativas a actuaciones de I+D+i.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria las contrataciones de profesionales de alta cualificación para la realización de actividades de I+D+i, que se formalicen desde el día 1 de enero de 2019 hasta el 31 de octubre de 2019, ambas inclusive, con las siguientes características:

a) Las actividades de I+D+i que realice el personal de alta cualificación contratado deberán desarrollarse en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia y estar alineadas con los retos y las prioridades estratégicas establecidas en la RIS3 para Galicia (anexo IV).

b) El contrato de trabajo que se formalice podrá ser indefinido o de duración determinada mínima de 36 meses.

c) La retribución salarial anual bruta a percibir por cada profesional de alta cualificación contratado deberá figurar expresamente en el contrato y no podrá ser inferior a 40.000 euros.

d) El personal de alta cualificación contratado deberá cumplir, en el momento de formalizar el contrato, los siguientes requisitos:

1º. Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:

– Título universitario medio o superior (titulación de grado): licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado, diplomado, ingeniero técnico ou arquitecto técnico expedido por centros oficiais de titularidad pública o privada homologados.

En el caso de estar en posesión de un título obtenido en un país extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o validación.

2º. Tener experiencia laboral correspondiente a su titulación superior a 5 años en el grupo de cotización 1 y/o 2 y certificados de las entidades en las que trabajó en proyectos de I+D+i. En el caso de personal de alta cualificación extranjero se admitirán certificados de empresa.

3º. En el caso de profesionales de alta cualificación extranjeros la entidad de acogida, se comprometerá a ayudar a los profesionales en los trámites de visado y permiso de trabajo.

El contrato será efectivo solo cuando el personal de alta cualificación seleccionado pueda trabajar legalmente en España.

4º. No haber sido anteriormente contratado en la categoría profesional correspondiente a su titulación (grupos 1 o 2) entre el 1 de junio de 2017 y el 1 de enero de 2019 por la entidad solicitante o empresas vinculadas a la misma.

2. La selección y contratación de los profesionales de alta cualificación, así como la determinación de sus condiciones laborales y funciones serán competencia exclusiva de la entidad solicitante. Esta asume su condición de empleadora respecto a dicho personal y el compromiso de cumplir la normativa laboral en materia de contratación.

Documentos asociados

Boletín: 11/06/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/06/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/09/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 182
Documento: Modificación plazo justificación Descargar Documento