Ayudas para el fomento de la cooperación el asociacionismo empresarial en zona URBAN (n.º de proyecto 02RU2202).

Código de ayuda:

S12555/06

Norma:

Convocatoria de 29 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Antes de la fecha de inicio de otorgamiento de la escritura de constitución de la asociación o del comienzo de las actuaciones.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Ayuntamiento de Gijón está llevando a cabo un proyecto de desarrollo integral de una zona de la ciudad en el marco de la Iniciativa Comunitaria URBAN, aprobado en Decisión de la Comisión Europea de 22 de noviembre de 2001 y financiado por el Ayuntamiento de Gijón y la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Para su ejecución se ha vertebrado un programa de revitalización económica y social de una zona de la ciudad, denominada en adelante zona URBAN (distrito 4, secciones 1 a 3,9 y 11 y distrito 5, secciones 1 a 9, 14 a 17 y 21).

El eje 2, medida 2 contempla actuaciones de fomento de la cooperación y asociacionismo empresarial, en el que se enmarca esta convocatoria, acogida al régimen de mínimis (Reglamento (CE) n.º 69/2001 de la Comisión, DOL n.º 10, de 13-1-2001).

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y agrupaciones de PYMEs (empresa que se ajuste a la definición de la Recomendación de la Comisión 96/280/CE, de 3 de abril de 1996, DOL 107, 30-4-96), de los siguientes tipos:

a) Asociaciones territoriales de carácter empresarial de áreas de la zona URBAN. No se incluyen las asociaciones dirigidas exclusivamente a la resolución de problemas puntuales.
b) Asociaciones empresariales sectoriales de ámbito territorial más amplio, para el desarrollo de actuaciones
que beneficien exclusivamente a empresas de la zona URBAN, sean o no asociadas.
c) Grupos de empresas (mínimo de tres) para la realización de actuaciones conjuntas.
En este caso se hará constar en la solicitud y en la resolución de concesión los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la condición de beneficiarias/os.
En cualquier caso, deberá nombrarse un/a representante o apoderada/o única/o con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria/o, corresponden a la agrupación.
No puede disolverse la agrupación hasta que haya finalizado el plazo de prescripción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Gastos de constitución de la asociación, diseño de imagen corporativa.
— Realización de actuaciones de interés: Campañas de promoción de la zona, incluyendo pequeñas infraestructuras, servicios para las empresas,... no se incluyen actuaciones de formación, gastos de mantenimiento de zonas privadas de polígonos ni financiación de gastos de la actividad habitual de la asociación.
— Para entidades territoriales de la zona URBAN: Inversiones en equipamientos tecnológicos superiores a 1.800 euros que presten un servicio a la asociación o agrupación, no pudiendo ser destinados a beneficio de una empresa o establecimiento.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 93
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento