Ayudas para el fomento de la diversificación económica y el empleo en las comarcas y localidades afectadas por la interrupción de la actividad de la flota andaluza que operaba en los caladeros de Marruecos, y modificaciones.

Código de ayuda:

S05482/05

Norma:

Resolución de 27 de enero de 2005. Bases en Orden de 27 de agosto de 2003.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en la correspondiente convocatoria anual. Para 2005, hasta el 17 de marzo del mismo año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de las ayudas previstas en el Convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Agricultura y Pesca y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en apoyo del sector pesquero afectado por la extinción del Acuerdo de Pesca entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las organizaciones del sector pesquero, marisquero y acuícola, incluidas las Cofradías de Pescadores, contempladas en el artículo 38 de la Ley 1/2002, de 4 de abril.
b) Las personas físicas y jurídicas que presenten proyectos de reconversión de sus actividades.
c) Las entidades, empresas públicas y privadas que presenten proyectos que beneficien a colectivos relacionados con el sector pesquero y generen actividad económica y empleo en las zonas y comarcas costeras dependientes de la pesca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los siguientes programas:
a) Programa primero: Dinamización de los agentes económicos y sociales y mejora de los niveles de calificación laboral e inserción profesional.
b) Programa segundo: Ordenación e integración de los puertos y entornos pesqueros.
c) Programa tercero: Integración y consolidación de la actividad productiva pesquera.
d) Programa cuarto: Diversificación de la actividad.

Los siguientes costes:
a) Costes de personal docente.
b) Gastos de desplazamiento del personal docente y de los destinatarios de la formación.
c) Otros gastos corrientes tales como materiales y suministros.
d) Amortización de los instrumentos y equipos en proporción a su utilización exclusiva para el proyecto de formación de que se trate.
e) Costes de personal de los participantes en el proyecto de formación, hasta un importe equivalente al de los demás costes subvencionables indicados en los apartados anteriores.
Sólo pueden tenerse en cuenta las horas en las que los trabajadores han participado realmente en la formación, una vez deducidas de las horas productivas o de su equivalente.

Documentos asociados

Boletín: 04/09/2003
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 170
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 34
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 02/12/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 236
Documento: Modificación de Bases Reguladoras Descargar Documento