Ayudas para el fomento de la integración de la prevención de riesgos laborales en los sistemas de gestión de las empresasmediante la contratación de técnicos en prevención de riesgos laborales por las Pymes gallegas.

Código de ayuda:

S18837/05

Norma:

Orden de 19 de abril de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la integración de la prevención de riesgos laborales mediante la contratación de técnicos de prevención de riesgos laborales que sirvan de apoyo en esta materia a las pequeñas y medianas empresas que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objetivo de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito geográfico de la comunidad gallega.

Categorías Subvención

  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Por cada contrato, por obra o servicio, realizado al amparo de esta orden se concederán las siguientes ayudas:
- 3.030 euros, en el caso de la contratación de técnicos superiores en prevención de riesgos laborales.
- 2.030 euros, cuando se trate de técnicos de nivel intermedio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas o empresarios individuales que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia y no incurran en las circunstancias previstas en el artículo 13.2º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Estas circunstancias se acreditarán de conformidad con lo establecido en el artículo 13.7º de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

No podrán ser beneficiarios

1. Las administraciones públicas, las sociedades públicas, ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas, salvo que la relación se derive de actuaciones horizontales de apoyo financiero a la promoción económica y fomento empresarial.
2. Las entidades especializadas acreditadas como servicios de prevención, externos a las empresas y aquellas que, entre sus actividades principales, incluyan la de prevención de riesgos laborales.
3. Las entidades especializadas acreditadas para desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención.
4. Las empresas que reglamentariamente tengan que constituir servicios de prevención propio.
5. Entidades autorizadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales por la autoridad laboral competente.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 78
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 25/04/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 78
Documento: Anexos Descargar Documento