Ayudas para el fomento de la mejora de la calidad de la leche y se convocan las correspondientes a 2009.
Código de ayuda:
S59355/09Norma:
ORDEN AAR/385/2009, de 12 de agosto.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/10/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar acciones de asesoramiento para la mejora de la calidad de la leche producida y recogida enexplotaciones de Cataluña y, en concreto, el apoyo técnico, que consiste en la elaboración de programas que tengan como finalidad actuaciones dirigidas a mejorar los parámetros de calidad establecidos en el Reglamento CE 853/2004, de 29 de abril.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Calidad
- Financiación Preferente / Préstamos
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda no podrá ser superior al 50% de los gastos subvencionables.En ningún caso el importe de las ayudas concedidas podrá superar la cantidad de 1.500,00 euros para las diez primeras explotaciones, y de 1.000,00 euros para el resto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Son subvencionables las actuaciones de asesoramiento técnico en las explotaciones que incidan en la mejora de la calidad higiénica y fisicoquímica de la leche cruda y en las que deberán llevarse a cabo los programas, y en concreto:a) Adecuación y limpieza de instalaciones y equipos.
b) Rutina de ordeño y manipulación de la leche.
c) Mejora de las condiciones higiénicas de las explotaciones.
d) Control y prevención de enfermedades, en especial de la mastitis, la presencia de residuos de medicamentos y las sustancias hormonales en la leche, y preparación de cursos de formación organizados por las personas compradoras o las agrupaciones de ganaderos.
e) Mejora genética o nutrición, siempre y cuando vaya dirigida a mejorar lacalidad de la leche.
2 También serán subvencionables las inversiones derivadas de los trabajos deasesoramiento del apartado anterior que incluyen la adquisición de los siguientes bienes y servicios:
a) Prestación de asistencia técnica a las explotaciones.
b) Gastos derivados de los sistemas de revisión y control del funcionamiento de las instalaciones de ordeño y del tanque de refrigeración.
c) Controles analíticos de la leche obtenida en la explotación.
d) Análisis para el control de mastitis: test de California, estudio etiológico y antibiogramas.
e) Gastos de gestión del programa.
f) Formación del personal técnico, que incluirá cursos y conferencias.
g) Divulgación de buenas prácticas y nuevas tecnologías a la persona ganadera, que incluirá la elaboración de material didáctico y la organización de cursos y conferencias.
3 Quedan expresamente excluidas las siguientes inversiones:
a) Las derivadas del funcionamiento ordinario de la explotación.
b) Los medios de transporte.
c) El análisis de muestras correspondientes a los controles obligatorios en la explotación, según lo especificado en el capítulo II del Real decreto 1728/2007, de 21 de diciembre, que establece la normativa básica de control que deberán cumplir los operadores del sector lácteo y modifica el Real decreto 217/2004, de 6 de febrero, que regula la identificación y el registro de los agentes, los establecimientos y los contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche.
Requisitos:
a) Producir leche de vaca con la cantidad de referencia asignada, de acuerdo con la normativa comunitaria, que cumpla el régimen de tasa suplementaria y que participe en programas de mejora de las condiciones higiénico-sanitarias de su explotación y de la leche que produce.b) Producir leche de oveja y cabra que participe en programas de mejora de las condiciones higiénico-sanitarias de su explotación y de la leche que produce.
Documentos asociados
Boletín:
31/08/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5454
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5454
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento